REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 24-05-2012.-
202° y 153°

No Exp. AP31-S-2012-003466
SOLICITANTE: ELIZABETH FERNANDES DE MARTINS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-11.736.911.
ABOGADA ASISTENTE: IVONNE SANCHEZ, abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 59.609
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO

-I-
Acude a esta Instancia la ciudadana ELIZABETH FERNANDES DE MARTINS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-11.736.911, actuando en carácter de apoderada Judicial de los ciudadanos MANUEL FERNANDEZ LUIS y LUISA VICENTE NEVES DE FERNANDES, de nacionalidad venezolana el primero y portuguesa la segunda, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros V-6.184.404 y E-818.979, respectivamente, debidamente asistida por la abogada IVONNE SANCHEZ inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 59.609, correspondiéndole el conocimiento de la presente Solicitud de TÍTULO SUPLETORIO a este Juzgado Décimo Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, previo sorteo a través de la UNIDAD DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE DOCUMENTOS DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL, con sede en Los Cortijos.
Como fundamentos de su solicitud, afirma la solicitante, que sus mandantes son propietarios de un (1) inmueble Ubicado en la Avenida de Las minas de Baruta, Edifico El Carmen, Piso N° 4, Municipio Baruta del Estado Miranda, conforme a la certificación de terreno N° 434 de fecha 15 de Marzo del 2012, emanada de Dirección Planificación Y catastro de la Alcaldía de Baruta, así mismo, con dinero de su propio peculio han construido unas bienhechurias que miden 16,30 metros de largo por 13.40 metros de ancho, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Colinda con casa que es o fue de Manuel Colello; SUR: Colinda con Terrenos Municipales; ESTE: Colinda con Terrenos Municipales OESTE: Colinda con Calle Principal de las Minas de Baruta. Dichas bienhechurías constan de lo siguiente: Una (1) Terraza con una (1) puerta de hierro piso de cemento rústico en proyecto de construcción,
Que el costo aproximado de la bienhechurias es de UN MIL BOLIVARES FUERTES EXACTOS (Bs. 1.000,oo).
Igualmente solicita que este Juzgado se sirva interrogar a los testigos que oportunamente presentará, para que se le interrogue de los particulares contenidos en su escrito de solicitud.
Ahora bien, junto al escrito de Solicitud de Título Supletorio las peticionantes acompañaron al mismo los siguientes instrumentos:

• Copia simple de su Cédula de Identidad.
• Copia simple del documento poder.
• Copia Certificada deL Oficio de la Cedula catastral expedida por la Alcaldía de Baruta, Gestión General de Infraestructura Dirección de Documentación e Información Catastral y Asentamientos Urbanos Populares.
• Copia certificada del Plano correspondiente al inmueble objeto de la presente solicitud.
Ahora bien, analizado todo lo anterior, evidencia este Tribunal que la Solicitante, pretende que se le otorgue Título Supletorio sobre unas bienhechurias constituidas por un (1) inmueble Ubicado en la Avenida de Las minas de Baruta, Edifico El Carmen, Piso N° 4, Municipio Baruta del Estado Miranda, conforme a la certificación de terreno N° 434 de fecha 15 de Marzo del 2012, emanada de Dirección Planificación Y catastro de la Alcaldía de Baruta, así mismo, con dinero de su propio peculio ha construido unas bienhechurias que miden 16,30 metros de largo por 13.40 metros de ancho, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Colinda con casa que es o fue de Manuel Colello; SUR: Colinda con Terrenos Municipales; ESTE: Colinda con Terrenos Municipales OESTE: Colinda con Calle Principal de las Minas de Baruta. Dichas bienhechurías constan de lo siguiente: Una (1) Terraza con una (1) puerta de hierro piso de cemento rústico en proyecto de construcción.
Que el costo aproximado de la bienhechurias es de UN MIL BOLIVARES FUERTES EXACTOS (Bs. 1.000,oo), sin embargo, se extrae del escrito de solicitud que la peticionante manifiesta lo siguiente:
“… que sus mandantes son propietarios del inmueble antes identificado y que han construido a sus solas y únicas expensas diversas bienhechurias…”.

“…a fin de que se declare Titulo bastante para asegurar el Derecho de Propiedad de Bienhechurias que se edificaron sobre los diversos niveles del inmueble constituido por un apartamento.
En consecuencia, visto el escrito de solicitud y los diferentes instrumentos consignados junto al mismo, y dadas las consideraciones aquí expuestas es por lo este juzgado declara Inadmisible, la presente solicitud de TITULO SUPLETORIO, peticionado por la ciudadana ELIZABETH FERNANDES DE MARTINS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-11.736.911, actuando en carácter de apoderada Judicial de los ciudadanos MANUEL FERNANDEZ LUIS y LUISA VICENTE NEVES DE FERNANDES, de nacionalidad venezolana el primero y portuguesa la segunda, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nros V-6.184.404 y E-818.979, respectivamente, toda vez que las bienhechurias antes descritas se encuentran construidas dentro por un (1) inmueble Ubicado en la Avenida de Las minas de Baruta, Edifico El Carmen, Piso N° 4, Municipio Baruta del Estado Miranda, conforme a la certificación de terreno N° 434 de fecha 15 de Marzo del 2012, emanada de Dirección Planificación Y catastro de la Alcaldía de Baruta, el cual es propiedad horizontal, regido por la Ley de Propiedad Horizontal, y así se decide.-
Regístrese y Publíquese la presente decisión y déjese copia certificada, a tenor de lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Décimo Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas 24-05-2012 Años 202° de la Independencia y 153º de la Federación.
EL JUEZ,

RENAN JOSE GONZALEZ.-
EL SECRETARIO,

ERICKSON MARTINEZ.-

En esta misma fecha, previo el anuncio de ley, siendo las 1:25 P.M., se publicó y registró la anterior sentencia.
EL SECRETARIO,

ERICKSON MARTINEZ.-



RJG/EM/Leonel.-
Exp: AP31-S-2012-003466