N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-006275
PARTE ACTORA: JULIO CESAR ROMANO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: VIRGILIO GOMEZ
PARTE DEMANDADA: PASTAS FRESCAS AL HUEVO SUPREMA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOSÉ ASCANIO
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
Hoy, 15 de mayo de 2012, a las 02:00 p.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma el ciudadano JULIO ROMANO, titular de la cédula de identidad Nº 13.943.998, en su carácter de parte actora, representado por el abogado VIRGILIO GÓMEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 24.836, y JOSÉ ASCANIO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 67.074, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, asimismo, compareció el ciudadano FRANCESCO IMBROGNO, titular de la cédula de identidad Nº 6.239.338, en su carácter de representante de la demandada, quienes han llegado al siguiente acuerdo: La parte demandada ofrece pagar a la parte actora la cantidad de CIENTO TREINTA Y CINCO MIL BOLIVARES EXACTOS (135.000,00) de la siguiente manera, una primera parte de SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS BOLIVARES EXACTOS (Bs. 67.500,00) en fecha viernes 15 de junio, mas seis (06) cuotas de ONCE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES EXACTOS (Bs. 11.250,00), en fecha lunes 16 de julio, martes 14 de agosto, lunes 17 de septiembre, lunes 15 de octubre, jueves 15 de noviembre y lunes 17 de diciembre, todas del presente año, a través de cheque a nombre del trabajador y ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos; la parte actora visto el ofrecimiento el trabajador lo acepta en los términos y señala que nada tiene que reclamar ni por los conceptos aquí demandados ni por ningún otro concepto que se derive o pueda derivarse de la relación de trabajo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Asimismo, se deja constancia que se devolvieron las pruebas promovidas por las partes. Finalmente, se establece que una vez conste en autos el cumplimiento del presente acuerdo, se ordenará el cierre y archivo del expediente.
La Jueza,
Abg. Karla González Mundaraín
Parte actora y su apoderado judicial
Parte demandada y su apoderado judicial
La Secretaria,
Abg. Luisana Cote
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