REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de
Adopción Internacional
Jueza del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio de Protección de
Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, 23 de abril de 2012
202º y 153º
ASUNTO: AH51-X-2009-001147
Revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto contentivo del Cuaderno Separado de Obligación de Manutención signado con el N° AH51-X-2009-001147, presentada por el ciudadano LISANDRO RAFAEL MORALES ABREU, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-10.948.820, debidamente asistido por el Abg. GREGORYS DEL C. BRAVO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 82.938, contra la ciudadana CARLA CAROLINA CORDERO CORTEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cedula de identidad N° V-16.271.704.
Vista la diligencia de fecha 22 de marzo de 2012, suscrita por los ciudadanos CARLA CAROLINA CORDERO CORTEZ y LISANDRO RAFAEL MORALES ABREU, titulares de las cédulas de identidad Nos. V.-16.271.704 y V.-10.948.820 respectivamente, debidamente asistidos por los abogados KARINA MACHADO y GLORIA OTERO, inscritas en los Inpreabogado bajo los Nos. 82.241 y 83.527 respectivamente, en la cual remiten convenio celebrado por ambas partes en relación a la deuda pendiente del 50% de gastos extraordinarios de su hija inserta a los folios doscientos treinta y uno (231) al doscientos treinta y dos (232) y sus vueltos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACIÓN, a dicho convenio en cada una de sus partes, dándole carácter de Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada de conformidad con lo previsto en el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, para lo cual se ordena formar un solo cuerpo con el presente fallo. Expídase por Secretaria copia certificada de la presente decisión y entréguese a las partes interesadas a los fines legales consiguientes. Cúmplase.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE
Dado, firmado y sellado en la Sala de despacho del Tribunal Tercero (3°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niña y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, a los veintitrés (23) días del mes de Abril de dos mil doce (2012). Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
LA JUEZ,

BETILDE ARAQUE GRANADILLO
LA SECRETARIA,

SORAYA ANDRADE
En esta misma fecha y previo el anuncio de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, déjese copia de la misma en el copiador de sentencias de este Tribunal, dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
LA SECRETARIA,

SORAYA ANDRADE

BAG/SA/Johan Arrechedera
AH51-X-2009-001147