Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
TRIBUNAL OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DE TRANSICIÓN
ASUNTO PRINCIPAL: AP51-V-2011-015995
MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.
DEMANDANTE: ROSER ASTORT TOMAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-E-43.566.645.
DEMANDADO: JOAQUIN ASTORT MARIN, español, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-81.356.640.
BENEFICIARÍA: PARTE ACTORA.
APODERADOS DE LA DEMANDANTE: ABG. GLADYS MARGARITA GONZÁLEZ BLANCO, ARLEN F. MUJICA RODRÍGUEZ y JESÚS ZORRILLA, Inpreabogado N° 154.975, 97.889 y 7.451, respectivamente.
APODERADO DEL DEMANDADO: ABG. CONNY VIRGINIA ARÉVALO ROJAS, Inpreabogado N° 105.847.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
Visto que en fecha 30 de abril de 2012, la abogada CONNY VIRGINIA ARÉVALO ROJAS, inscrita en el Inpreabogado N° 105.847, consignó en copia fotostatica, un (01) Cheque de Gerencia del Banco Provincial, a nombre de la ciudadana ROSER ASTORT TOMAS, por la cantidad de Treinta y nueve mil quinientos veinte Bolívares con 00/100 céntimos (Bs.39.520,00), en calidad de finiquito al cumplimiento de obligación de manutención al cual fue condenado judicialmente el ciudadano JOAQUIN ASTORT MARIN, mediante fallo de fecha 09 de abril de 2012; esta administradora de justicia pasa de seguidas a pronunciarse al respecto.
De la revisión del Sistema Iuris correspondiente a la presente causa, se desprende que la Oficina de Control de Consignaciones (OCC), en fecha 30 de abril de 2012, dejó constancia de haber recibido por parte de la abogada CONNY VIRGINIA ARÉVALO ROJAS, un (01) cheque signado con el N° 00248049, a nombre de la ciudadana ROSER ASTORT TOMAS, por la cantidad de Treinta y nueve mil quinientos veinte Bolívares con 00/100 céntimos (Bs.39.520,00), girado contra la cuenta del Banco Provincial N° 0108-0013-73-0900000015. En tal sentido, esta Juzgadora colige que, al cumplir el ciudadano JOAQUIN ASTORT MARIN, con su obligación dictaminada mediante fallo de fecha 09 de abril de 2012, es conducente declarar terminado el caso sub iúdice por encontrarse resuelto el fondo de la controversia interpuesta. Y así se decide.
Por los razonamientos expuesto, esta Jueza a cargo del Tribunal Octavo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara TERMINADO el juicio de CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoado por la ciudadana ROSER ASTORT TOMAS, titular de la cédula de identidad N° V-E-43.566.645, contra el ciudadano JOAQUIN ASTORT MARIN, titular de la cédula de identidad N° E-81.356.640.
Se Insta a la ciudadana ROSER ASTORT TOMAS, a señalar la entidad financiera, así como el numero de su cuenta bancaria, a objeto de girarse instrucciones a la Oficina de Control de Consignaciones de este Circuito Judicial (OCC), para que haga efectivo el deposito del cheque identificado en el presente fallo, o en su defecto, indique si desea que la mencionada oficina le aperture una cuenta de ahorros, a los fines antes expuestos.
Publíquese, regístrese y déjese copia por secretaría de la presente resolución, a los fines legales previstos en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, Firmada y Sellada en el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. Caracas, cuatro (04) de mayo de dos mil doce (2012). Años 201° y 153°.
LA JUEZA,
EL SECRETARIO,
ABG. LISBETH KARINA MARTIN SIMOZA.
ABG. LUÍS MORALES.
En esta misma fecha y previo el anuncio de ley, se publicó y registró la anterior decisión, siendo la hora indicada el Sistema Juris.
EL SECRETARIO,
ABG. LUÍS MORALES.
AP51-V-2011-015995/Jairo.
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