REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional

Tribunal Noveno (9°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución
y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, 21 de mayo de 2012
202º y 153º
Asunto: AP51-J-2012-009102
Vista el Acta de CONVENIMIENTO DE CESION DE CUSTODIA presentada para su Homologación por la Abogado YENNY NATALY GUERRERO, Defensora Pública Sexta de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Area Metropolitana de Caracas, actuando en resguardo y beneficio del niño SE OMITE LA IDENTIFICACION, de diez (10) años de edad, a petición de los ciudadanos JESUS EDUARDO GONZALEZ y NELLY BEATRIZ SALAVARRIA HURTADO, venezolanos y titulares de las cédulas de identidad la Nos. V-6.218.595 y V-6.230.675, respectivamente, en sus carácter de progenitores del prenombrado niño, se le entrada y se ADMITE por no ser contraria al orden público ni a disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal Noveno (9º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha Acta de Convenimiento de Cesión de Custodia, se le imparte su aprobación en los mismos términos en ellas expuestos, en todas y cada una de sus partes, dándole carácter de Sentencia Firme Ejecutoriada, de conformidad con lo establecido en los artículos 360 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se INSTA a consignar los fotostatos a los fines de su certificación por Secretaría, y una vez tramitadas, remítanse a la Oficina de Atención al Público (O.A.P.). Se ordena el cierre y archivo del presente asunto. Cúmplase -
LA JUEZ, EL SECRETARIO,


ABG. DANIA RAMÍREZ CONTRERAS ABG. IVAN CEDEÑO

DRC/IC/ms.-