REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
TRIBUNAL DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN
Caracas, nueve (09) de Mayo del dos mil doce (2012)
202º y 153º
ASUNTO: AP51-J-2012-007235
SOLICITANTES: CARLOS ALVAREZ CONDE y NELLY DE GOUVEIA DE SOUSA, venezolanos, mayores de edad y portadores de las Cédulas de Identidad Nº V-11.226.311 y V-11.091.509, respectivamente.
MOTIVO: Separación de Cuerpos y de Bienes
Se inicia la presente Solicitud de Separación de Cuerpos y Bienes, mediante escrito presentado por ante la Unidad de Recepción de Distribución de Documentos (U.R.D.D) por los ciudadanos CARLOS ALVAREZ CONDE y NELLY DE GOUVEIA DE SOUSA, venezolanos, mayores de edad y portadores de las Cédulas de Identidad Nº V-11.226.311 y V-11.091.509, respectivamente, debidamente asistidos por el Abg. MANUEL IGNACIO AVILA GUERRA, inscrito en el inpre-abogado bajo el No. 33.848.
En fecha 27 de Abril de 2012, se admitió la presente solicitud, fijando para el día 08/05/2012, oportunidad para la comparecencia de los solicitantes, con el objeto de llevar acabo la Audiencia Única, de conformidad con lo establecido en el artículo 512 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Mediante acta de fecha 08 de mayo de 2012, se dejó constancia de la Comparecencia de la NO comparecencia de los ciudadanos CARLOS ALVAREZ CONDE y NELLY DE GOUVEIA DE SOUSA., ut supra identificados, a la Audiencia única, fijada por este Juzgad
Ahora bien, este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, impartiendo justicia en nombre de la República y por la autoridad de la ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 514 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, da por consumado el desistimiento del presente procedimiento y le da carácter de cosa juzgada. Expídase por Secretaria copias certificada de la diligencia con inserción de la presente decisión, igualmente se ordena la devolución de los documentos originales que cursan en el expediente y entréguese a la parte interesada una vez consignadas las copias respectivas, asimismo se ordena el cierre y archivo del expediente.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, Firmada y Sellada en el despacho del Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, a los nueve (09) días del mes de Mayo de dos mil doce (2012). Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
LA JUEZ,
Dra. ENOÉ CARRILLO CASTELLANOS La Secretaria,
Abg. ANADIS OCHOA .
En esta misma fecha se publicó y Registró la anterior Sentencia.
ECCMAO/LISETH