REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 23 de noviembre de 2012.
202º y 153º
ASUNTO: AP21-L-2012-002510
Visto el escrito de pruebas (folios 45-49 inclusive) presentado por la abogada Ana Carolina Rojas, en su condición de apoderada judicial (folios 20, 21 y su vuelto inclusive) del accionante Wilfredo J. Guevara L., este Tribunal a los fines de providenciar lo conducente, lo hace sobre la base de las siguientes consideraciones:
PRIMERO: Con relación a las Instrumentales, se deja constancia que componen los folios 50-209 inclusive, las cuales se admiten salvo su apreciación en la sentencia de mérito.-
SEGUNDO: En lo atinente a las Exhibiciones de la documental del particular “d” del capítulo “2” que refiere a “DOCUMENTO DE DECLARACIÓN TRIMESTRAL DE EMPLEO Y NOMINAS DE “HENDRIX TIENDAS URBANAS, C.A.”, el Tribunal la desecha por cuanto no se puede suponer que se halle en poder de la accionada cuando no se ha acompañado presunción grave de esa posesión conforme lo dispone el artículo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo aunado a que estos no son documentos que por mandato legal debe llevar el empleador. Lejos de eso, el Tribunal ordena a la accionada presentar los originales marcados “A-1” a la “A-50”,“B-1”, “C-1” a la C-4”, “D-1” a la “D-3”, cursantes a los folios 50-209 inclusive, así como formulario 14-100 (constancia de trabajo para el IVSS), constancia de afiliación al régimen prestacional de empleo, constancia de notificación de terminación de la relación laboral ante el IVSS y planilla de cesantía emitida por el IVSS en la oportunidad señalada para que tenga lugar la audiencia de juicio.
TERCERO: En pronunciamiento a la Testimonial, se deja constancia que la ciudadana Oriana A. Rodríguez, deberá comparecer a la audiencia de juicio a rendir su declaración en calidad de testigo.-
Por último, se hace saber a las partes que deberán comparecer a la audiencia de juicio tanto el accionante como los órganos directivos y gerenciales de la accionada que tengan conocimiento preciso sobre lo demandado, quienes se consideran juramentadas conforme al artículo 103 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para contestar al Juez de Juicio las preguntas que éste tenga a bien formularles.
El Juez de Juicio,
CARLOS J. PINO A.
La Secretaria,
LUISANA OJEDA.
CJPA/mgd.-