REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 14 de noviembre de 2012
202º y 153º
ASUNTO: AP41-U-2011-000406 SENTENCIA INTERLOCUTORIA S/N
Vista la diligencia de fecha 08 de Noviembre del año 2012, suscrita por la ciudadana MARAVEDI MORALES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 73.439, actuando en su carácter de Abogada sustituto de la ciudadana Procuradora General de la República, en Representación del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual solicita que se efectúe el cumplimiento voluntario de la Sentencia No. 1966 de fecha 14 de agosto del año 2012, dictada por el Tribunal Superior Quinto de Contencioso Tributario que declaró SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto firma personal “ESTUDIO DE BELLEZA MAURYS 2021”, Contra: La Resolución Jerárquico No. GRLL-DJT-RJ-2009-SR000115, de fecha 02 de octubre de 2009, debidamente notificada en fecha 17 de febrero de 2010, emitida por la Gerencia Regional de Tributos Internos Región los Llanos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria SENAT, mediante la cual se declara sin lugar el Jerárquico en consecuencia se confirma el acto administrativo contenido en la Resolución de Imposición de Sanción No. GRTI/RLL/DF/2869/2009-00100 de fecha 26 de marzo de 2009, por contravenir a lo establecido en el artículo 99 de la Ley de Impuesto Sobre la Renta del 20 de diciembre de 2001 y 159 del Reglamento de la Ley, originando Planillas de Liquidación No. 021001227000078, por el monto de Bs. F. 2.750.00, de fecha 23 de marzo de 2009. En consecuencia se confirma todos los actos administrativos antes identificados, La presente decisión no tiene apelación en razón de su cuantía. Este Tribunal acuerda lo solicitado, en consecuencia, se decreta su ejecución voluntaria de conformidad con lo previsto en los Artículos 280 del Código Orgánico Tributario, y 524 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente. Se ordena librar Boleta de Notificación a la referida Contribuyente para que proceda al cumplimiento o ejecución voluntaria de la Sentencia en mención, para lo cual se le concede el lapso de diez (10) días de Despacho. Cúmplase y líbrese Boleta de Notificación.-
LA JUEZ,
ABG. BERTHA ELENA OLLARVES HERRERA
EL SECRETARIO
ABG. HECTOR A. ROJAS
La presente decisión se público en su fecha, a las doce (12:00 a.m) horas del día.
EL SECRETARIO
Abg. HECTOR A. ROJAS
ASUNTO: AP41-U-2011-000406
BEOH/HR/OVA.-
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