REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN CAPITAL
Exp. No. 007005
Vista la querella interpuesta por el ciudadano VÍCTOR AUGUSTO MÉNDEZ JAIMES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. 17.498.965, abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 143.052, actuando en este acto en representación de sus propios derechos e intereses, contra la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM), este Juzgado observa:
En fecha 01 de noviembre de 2011, se recibió del Juzgado Distribuidor el presente recurso, dándosele entrada en fecha 02 de noviembre de 2011.
En fecha 07 de noviembre de 2011, este Tribunal dictó auto mediante el cual admitió la querella interpuesta de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y de conformidad con lo establecido en el artículo 98 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.
En fecha 09 de noviembre de 2011, se dictó auto ordenando la citación al ciudadano Procurador General de la República, a los fines que diera contestación a la querella y remitiera el expediente administrativo del caso, así como la notificación al ciudadano Director Ejecutivo de la Magistratura, para lo cual se requirieron los fotostatos necesarios, sin que hasta la fecha hayan sido consignado a los autos.
Ahora bien, tal y como se evidencia de autos, la causa desde la fecha 09 de noviembre de 2011, hasta la presente, ha estado paralizada por más de un (01) año, sin que se haya ejecutado ningún acto de procedimiento razón por la cual, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de conformidad con lo previsto en el artículo 41 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, en Caracas, a los veintiún (21) días de noviembre de dos mil doce (2012). Años 202° y 153°
EL JUEZ PROVISORIO,
FERNANDO MARÍN MOSQUERA
LA SECRETARIA ACC.,
DORELYS BLANCO MALAVÉ
En la misma fecha veintiuno (21) de noviembre de dos mil doce (2012), se publicó y registró la anterior decisión, siendo la una de la tarde (01:00 p.m.), previo el cumplimiento de las formalidades de Ley.
LA SECRETARIA ACC.,
DORELYS BLANCO MALAVÉ
Exp. N° 007005
Nakary
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