REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 22 de Noviembre de 2012
202º y 153º
ASUNTO: AP11-M-2012-000518
Vista la anterior demanda que por COBRO DE BOLIVARES (Procedimiento Intimatorio) y los recaudos presentados por los abogados ENRIQUE TROCONIS SOSA y ANDREINA VETENCOURT GIARDINELLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro 9.879.654 y 11.314.145 respectivamente, abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 39.626 y 85.383 respectivamente, quienes actúa en su carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil C.A ÚLTIMAS NOTICIAS, domiciliada en la ciudad de caracas, inscrita en el Registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 20 de septiembre de 1948, bajo el Nro 622, Tomo 4-D. El Tribunal por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa en la Ley, la admite en cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, se ordena la intimación a la parte demandada ciudadano EDGAR SAHID GONZALEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro 6.829.868, a fin de que comparezca por ante este Tribunal dentro de los (10) diez días de Despacho siguientes a su intimación y constancia en autos de la misma, dentro de las horas comprendidas a despachar de 8:30 a.m a 3:30 p.m, con el objeto de que pague, acredite haber pagado o formule oposición y no habida oposición se procederá a la ejecución forzosa de las cantidades que a continuación se señalan: PRIMERO: La cantidad de DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y UN BOLIVAR CON 58/100 (BS.299.961,58), por concepto de capital de las facturas demandadas.- SEGUNDO: La Cantidad de CATORCE MIL VEINTISIETE BOLIVARES CON 04/100 (BS.F 14.027,04) por concepto de intereses de las facturas demandadas TERCERO: Las costas y costos prudencialmente calculados por este Tribunal en un veinticinco por ciento 25% la cantidad de SETENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE BOLIVARES CON QUINCE CENTIMOS (Bs.F.78.497,15).- Líbrese Compulsa junto con copia certificada del libelo de la demanda y del presente auto.- EL JUEZ
LUIS RODOLFO HERRERA
LA SECRETARIA
MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ
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