REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

Caracas;
202° y 153°


CARTEL DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

Al ciudadano FRANCESCO DI PASCUALE BAIARDI, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 5.147.852, y/o en la persona de sus apoderados judiciales ciudadanos AGUSTIN GOMEZ MAGGIO y BERNANDO OVALLES JAIME, Abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 3077 y 759, respectivamente; que con motivo que por SIMULACION (Expediente signado bajo el N° 12-0008 de la nomenclatura de este Juzgado Itinerante y Expediente antiguo N° AH13-V-1989-00008), sigue la ciudadana ISABEL DÍAZ CHINEA DE DI PASCUALE contra los ciudadanos FRANCESCO DI PASCUALE BAIARDI, LIDYA MACHARA IVANOVA, ERNESTO AURELIO PIAZZA BERNARDO y la sociedad mercantil PRODUCTORA GRADINA, C.A., este Tribunal dando cumplimiento a la Resolución Nº 2011-0062, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 30 de Noviembre de 2011, se abocó de oficio al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encuentra, y en consecuencia ordenó su notificación mediante cartel, el cual deberá ser fijado tanto en la sede del Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial como en la sede de este Juzgado. Asimismo, ordena su publicación en la página wed del Tribunal Supremo de Justicia. Una vez que conste en autos el cumplimiento de las formalidades anteriores, comenzará a transcurrir el lapso de ley de diez (10) días continuos, precluido el mismo se tendrán por notificadas las partes y se les concederán tres (03) días de despacho siguientes, a fin de que comparezcan por ante este Juzgado ubicado en la Avenida Este Dos con Sur 25 Edif. José Vargas (CTV), piso 12, Caracas, dentro de las horas de despacho, con el objeto de que ejerzan los recursos que ha bien crean convenientes y manifiesten su interés en la continuación de la presente causa. Vencidos dichos lapsos se procederá a realizar las actuaciones correspondientes. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 14, 90, 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil.-

LA JUEZA TEMPORAL


DRA. AMARILIS NIEVES BLANCO




EXP. N° 12-0008 (Itinerante)
EXP. N° AH13-V-1989-000013 (Antiguo)
ANB/LZ/AA