REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 20 de noviembre de dos mil doce (2012)
202° y 153°
CARTEL UNICO DE NOTIFICACIÓN
HACE SABER:
A la sociedad mercantil SEGUROS CORPORATIVOS, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, (hoy Distrito Capital), en fecha 14 de diciembre de 1990, bajo el No. 77, Tomo 102-A-Sgdo., en la persona de su Director Principal, y/o en cualquiera de sus apoderados judiciales, ciudadanos MANUEL ESCORCIA ARRIETA y TOMAS ESCORCIA MARIN, venezolanos, mayores de edad, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 20.975 y 9.284, en el mismo orden, y a la ciudadana MARLENE JOSEFINA MARQUEZ GIL, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad No. V-2.902.451, y/o en la persona del Defensor Ad-litem, ciudadano ORLANDO ALVAREZ ARIAS, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 31.364, que con motivo del juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO (expediente signado bajo el Nº 12-0073 nomenclatura interna de este Juzgado Itinerante, Nº AH1B-V-1997-000026 expediente antiguo) sigue en su contra, la ut supra mencionada sociedad mercantil, este Tribunal dando cumplimiento a la Resolución Nº 2011-0062, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 30 de Noviembre de 2011, procedió a abocarse de oficio al conocimiento de la presente causa, y en consecuencia ordenó su notificación mediante cartel, el cual deberá ser fijado tanto en la sede del Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de ésta Circunscripción Judicial como en la sede de este Juzgado. Asimismo, ordena su publicación en la página web del Tribunal Supremo de Justicia. Una vez que conste en autos el cumplimiento de las formalidades anteriores, comenzará a transcurrir el lapso de diez (10) días continuos, vencidos los mismos se tendrán por notificadas las partes y se les concederán tres (03) días de despacho siguientes, a fin de que comparezcan por ante este Juzgado ubicado en la Avenida Este Dos con Sur 25 Edif. José Vargas CTV, piso 12, dentro de las horas de despacho, a los fines de que ejerzan los recursos que ha bien crean convenientes y manifiesten su interés en la continuación de la presente causa. Vencidos dichos lapsos se procederá a realizar las actuaciones correspondientes. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 14, 90, 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ TEMPORAL
AMARILIS NIEVES BLANCO
Nº Exp. 12-0073 (Itinerante)
Nº Exp. AH1B-V-1997-000026(Antiguo)
ANB/LZ/ag.-