REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS E ITINERANTES DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación

Caracas, 22 de noviembre de 2012

CARTEL DE NOTIFICACIÓN
HACE SABER:

A los ciudadanos JOSÉ BAUDILIO PEÑA ROSARIO y GLADYS INFANTE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 3.038.499 y V- 2.142.402, respectivamente; y/o en la persona de su defensora judicial, ciudadana VALENTINA COLMENARES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 32.187, que con motivo del juicio por COBRO DE BOLIVARES (Apelación), (Expediente signado bajo el Nº 12-0036 nomenclatura de este Juzgado Itinerante y Expediente antigua nomenclatura Nº AH13-R-1995-000001), sigue el ciudadano LUIS ANTONIO OSUNA, contra los ciudadanos, JOSÉ BAUDILIO PEÑA ROSARIO y GLADYS INFANTE; este Tribunal dando cumplimiento a la Resolución Nº 2011-0062, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 30 de Noviembre de 2011, procedió a abocarse de oficio al conocimiento de la presente causa, y en consecuencia ordenó su notificación mediante cartel, el cual deberá ser fijado tanto en la sede del Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de ésta Circunscripción Judicial como en la sede de este Juzgado. Asimismo, ordena su publicación en la página web del Tribunal Supremo de Justicia. Una vez que conste en autos el cumplimiento de las formalidades anteriores, comenzará a transcurrir el lapso de diez (10) días continuos, vencidos los mismos se tendrán por notificadas las partes y se les concederán tres (03) días de despacho siguientes, a fin de que comparezcan por ante este Juzgado ubicado en la Avenida Este Dos con Sur 25 Edif. José Vargas CTV, piso 12, dentro de las horas de despacho, a los fines de que ejerzan los recursos que ha bien crean convenientes y manifiesten su interés en la continuación de la presente causa. Vencidos dichos lapsos se procederá a realizar las actuaciones correspondientes. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 14, 90, 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil.

LA JUEZA TEMPORAL,


ABG. AMARILIS NIEVES BLANCO




Exp: 12-0036 (Itinerante)
Exp: AH13-R-1995-000001 (Antiguo)
ANB/LZ/JC