En el día de hoy, quince (15) de Noviembre de Dos Mil Doce (2012), siendo las nueve y treinta de la mañana (9:30 AM.) , se trasladó y se constituyó el Abogado Carlos Martínez Peraza, en su carácter de Juez Titular Cuarto de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en compañía de su Secretaría, Abogado Rosa Virginia Villamizar y la apoderada de la parte actora Abogada LILILIANA ABREU PACHECO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 63.760, en la siguiente dirección: Piso 07, Oficina de Recursos Humanos, Dirección de Egresos, ubicada en el edificio sede del Ministerio del Poder Popular para la Educación, ubicado en la Esquina de Salas a Caja de Agua, Parroquia Altagracia Municipio Libertador del Distrito Capital, a fin de practicar la ejecución de la sentencia dictada por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en fecha 08 de febrero de 2010, con motivo de la querella funcionarialo interpuesta por el ciudadano ROGERS JOSE CORASPE GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° 2.746.343, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION contenido en el expediente N° 06268. Nomenclatura interna de ese Juzgado y con el N° 12-3013 nomenclatura interna de este Juzgado comisionado. Presentes en el lugar señalado por la apoderada de la parte actora, el Juez Procede a notificar de la misión a una ciudadana que se identificó como FRANCYS GUANCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 10.870.860, en su carácter de Directora de Egresos del Ministerio del Poder Popular Para la Educación, a quien se le notificó de la medida y se le ordenó realice los tramites pertinentes a fin que se le pague al ciudadano ROGERS JOSE CORASPE GONZALEZ, titular de la cédula de identidad N° 2.746.343, por concepto de intereses de mora generados por el retardo en el cumplimiento del pago de las prestaciones sociales, resultante de la experticia ordenada por el Tribunal comitente la cual asciende a la cantidad de SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES BOLIVARES CON TREINTA Y OCHO CENTIMOS (Bs.62.393.38). tal y como lo ordena el mandamiento de ejecución. Es este estado, la notificada expone: “informare al tribunal de la causa por escrito que realizaremos los procedimientos pertinentes para dar cumplimiento a la sentencia, es todo:” Asimismo se le deja copia simple de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman siendo las 10 50 A.M.,
EL JUEZ TITULAR,
ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA
LA APODERADO DE LA PARTE ACTORA
LA NOTIFICADA
LA SECRETARIA.
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