En el día de hoy, quince (15) de noviembre de Dos Mil Doce (2012), siendo las once de la mañana (11:00 A.M) , se trasladó y se constituyó el Abogado Carlos Martínez Peraza, en su carácter de Juez Cuarto de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en compañía de su Secretaría, Abogado Rosa Virginia Villamizar y el apoderado de la parte actora Abogado JOSE ARMANDO VELAZCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N.15.563, en la siguiente dirección: Inmueble constituido por un lote de terreno que mide NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y OCHO DECIMETROS CUADRADOS (978,58mts2) aproximadamente, constituido por dos parcelas de terreno conjuntamente con las bienhechurías, allí construidas, ubicados la primera de ellas entre las esquinas de zamuro a Misericordia, Avenida Sur Tres (3) donde estaba construida una casa marcada con el N° 95, que tiene un árae aproximada de CUATROCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS CON SETENTA Y TRES DECIMETROS (460,73) la segunda ubicada entre las esquinas de Pájaro a Curamichate Avenida Sur Cinco (5) donde antes estaba construída una casa marcada con el Nº 90 que tiene un área aproximada de QUINIENTOS DIECISIETE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y CINCO DECIMETROS CUARADOS (547,85) encontrándose ambas parcelas en terrenos de la Jurisdicción de la Parroquia Santa Rosalía del Municipio Libertador del Distrito Capital, a fin de practicar la medida de Entrega Material Y Embargo Ejecutivo decretadas por el Juzgado Vigésimo Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO sigue ANA MABEL TABOADA ARAUJO contra el ciudadano FERNANDO MORALES MAGDALENA., el cual se sustancia en el expediente distinguido con el Nº AP31-V-2012-001043, nomenclatura interna de ese Juzgado y con el Nº 12-3052, nomenclatura interna de este juzgado comisionado. En este estado el apoderado de la parte actora expone: “Solicito al Juez designe Depositaria Judicial y perito Avaluador”, Acto seguido el Juez Ejecutor, visto el pedimento realizado por la parte actora designa Depositaria Judicial a la Sociedad Mercantil La General de Depósitos Judiciales, representada en este acto por el ciudadano Benito Reyes, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 4.561.861, quien estando presente acepto el cargo en nombre de su representada y juró cumplirlo fiel y cabalmente. De igual forma designa al ciudadano Rubén Rondón, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-11.027.204, como perito Avaluador, quien estando presente aceptó el cargo y prestó el juramento de ley. Presente en el lugar, el Juez deja constancia que las puertas del local se encuentran abiertas al publico en general y procede a entrar en el mismo y notifica de la medida a un ciudadano que se identificó como EDGAR ALBERTO HENRIQUEZ SALAZAR, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 5.013.090, quien manifestó trabajar en el local. Igualmente se notificó de la medida al ciudadano VICTOR MANUEL OVALLE USGAME, titular de la cédula de identidad Nº E 81.915.189, quien manifestó ser encargado del local y manifestó que se llevaría sus bienes bajo su cuenta, riesgo y responsabilidad a un local que se encuentra al lado del local, donde se esta practicando la medida. Acto seguido, el Juez Ejecutor, vista la manifestación del notificado, la concede y declara practicada la Medida de Entrega Material del local y las bienchurias identificada al principio de esta acta la cual se encontraba libre de bienes y personas y con sus puertas abiertas y las coloca en posesión de la parte actora, en la persona de su apoderado antes identificado, quien en nombre de su mandante lo recibe conforme tal y como lo ordeno el Tribunal de la causa. Asimismo se deja constancia que el taller que se encuentra en la entrada del local se queda a solicitud del apoderado de la parte actora, así como los vehículos que se encuentran estacionados, del cual es dueño el ciudadano EDICTO DEL CARMEN BARRETO ESPINOZA, titular de la cédula de identidad Nª 11.125.056, quien fue notificado de la medida igualmente. Igualmente se deja constancia que se realizo el cambio de la cerraduras de las puertas del local. Cumplida la misión del Tribunal, se ordena el regreso a la sede siendo las 2:30 p.m. Es todo, terminó, se leyó y conforme firman.
EL JUEZ TITULAR,



ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA

LOS NOTIFICADOS



EL APODERADO DE LA PARTE ACTORA
EL PERITO AVALUADOR
EL DEPOSITARIO


LA SECRETARIA.