REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DECIMO EJECUTOR DE MEDIDAS


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DÉCIMO DE MUNICIPIO EJECUTOR DE MEDIDAS EN FUNCION
ITINERANTE DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 11 de Julio de 2012
202° Y 153º
CARTEL DE NOTIFICACION
SE HACE SABER:
A la ciudadana MARIA TERESA CHAVERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-21.388, en su carácter de parte Actora, o en la persona de su apoderado judicial BERNARDO NEHER BORJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 4440. Así mismo, en su carácter de demandados a los ciudadanos FREDDY FERNANDEZ y MARIA MARIN, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nºs V-4.588.060 y V-8.860.869, respectivamente, en la persona de su apoderada judicial KARMEN ESBER, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 62.235. Se le hace saber que con motivo del juicio de APELACIÓN, número de expediente Nº AH1A-R-2000-000021, éste Tribunal dando cumplimiento a la Resolución Nº 2011-0062, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 30 de Noviembre de 2011, ordenó su notificación mediante cartel que deberá ser fijado tanto en la sede del Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de ésta Circunscripción Judicial como en la sede de este Juzgado. Así mismo, ordenó la publicación del mismo en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia. Una vez que conste en autos haber cumplido con las formalidades anteriores, comenzarán a correr diez (10) días continuos, y una vez vencidos se les tendrá por notificados. Tenidas por notificadas a las partes, se le concederán tres (03) días de despacho, a fin de que ejerzan los recursos que crean convenientes y manifiesten su interés en el curso de la presente causa. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 14, 90, 174 y 233 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ,

CESAR HUMBERTO BELLO



EXP. Nº 12-0190