REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, diecinueve (19) de noviembre de 2012
Años: 202º y 153º

Vista la diligencia de fecha 16.11.2012, suscrita por la abogada NELLITSA JUNCAL RODRÍGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 91.726, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, mediante la cual solicita se libre oficio a la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, a los fines de su notificación de la decisión dictada en fecha 07.11.2012, así como de la nulidad del oficio Nº 2012-323, de fecha 16.02.2012, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se acuerda librar oficio a la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, a los fines de que tenga conocimiento de la decisión dictada en fecha 07.11.2012, así como la nulidad de todas las actuaciones posteriores al 12.07.2010, incluyendo oficio Nº 2012-323, emanado del Juzgado aquo de fecha 16.02.2012, mediante el cual señaló el monto a embargar y solicitó a la Superintendencia de la Actividad Aseguradora la determinación de bienes en atención al mencionado oficio. Adjúntese copia certificada de la sentencia. Cúmplase.-
EL JUEZ TITULAR,

DR. VICTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES
EL SECRETARIO,

RICHARS DOMINGO MATA.-
Exp Nº AP71-R-2012-000049
VJGJ/RDM/Edward.-
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 19 de noviembre de 2012.-
Años 202° Y 153°

OFICIO Nº 2012-A-
CIUDADANO:
SUPERINTENDENCIA DE ACTIVIDAD ASEGURADORA.
SU DESPACHO.-

Me dirijo a usted, a los fines de que tenga conocimiento de la decisión dictada en fecha 07.11.2012, así como la nulidad de todas las actuaciones posteriores al 12.07.2010, que incluye el oficio Nº 2012-323, emanado del Juzgado aquo de fecha 16.02.2012, mediante el cual señaló el monto a embargar y solicitó a la Superintendencia de la Actividad Aseguradora la determinación de bienes en atención al mencionado oficio, el cual fue declarado nulo. Todo ello con motivo del expediente signado con el número AP71-R-2012-000049, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, sigue la sociedad mercantil CORPORACIONES ESPAÑA C.A., contra la sociedad mercantil ZURICH SEGUROS C.A. Adjúntese copia certificada de la sentencia.
Comunicación que se le hace a usted, a los fines legales consiguientes.-
EL JUEZ,

Dr. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
Exp: AP71-R-2012-000049