REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Juzgado Décimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, trece de noviembre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: AP31-S-2012-010625
Vista la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS presentada por los ciudadanos OMSLING ALEXANDER LEON IZCARAY y GUIRMAR ALEXANDRA MOLINA FERRERA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nrosº V-12.623.952 y V-14.389.027, respectivamente, debidamente asistidos por el abogado Luís José Silva, inscrito en el Inpreabogado bajo los Nrosº 172.082, este Tribunal en atención a lo previsto en el artículo 3 de la Resolución 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39152 de fecha 02 de Abril de 2009, la admite cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos, OMSLING ALEXANDER LEON IZCARAY y GUIRMAR ALEXANDRA MOLINA FERRERA, antes identificados, en los términos y condiciones por ellos establecidos, en el escrito de fecha 07/11/2012, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil.-
LA JUEZ

ANABEL GONZALEZ GONZALEZ
LA SECRETARIA ACC
MARÍA NAVAS