REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER CON COMPETENCIA DE REENVIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA










EN SU NOMBRE
CORTE DE APELACIONES DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
CON COMPETENCIA EN MATERIA DE REENVÍO EN LO PENAL

Caracas, 01 de noviembre de 2012
202º y 153º

Ponenta: Jueza integrante abogada Renée Moros Tróccoli
Asunto Nº CA- 1415-12 VCM

Resolución Judicial Nro. 412 -12

En fecha 29 de septiembre de 2012, fue interpuesto recurso de apelación por la ciudadana Raiza del Carmen Brea Landaeta, en su carácter de víctima, debidamente asistida por el abogado Xavier Enrique Pulgar Márquez, contra la decisión dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal con competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el día 31 de julio de 2012, en la cual declaró con lugar la solicitud de desestimación de la denuncia realizada por la Fiscalía Centésima Trigésima Quinta del Ministerio Público de esta misma Circunscripción Judicial, interpuesta por la referida ciudadana Raiza del Carmen Brea Landaeta, por la presunta comisión de los delitos de Violencia Psicológica. Al efecto, la Corte a fin de resolver sobre la admisibilidad del recurso, observa:

ÚNICO

Del análisis del referido recurso se evidencia la legitimación de la recurrente en su carácter víctima; interpuesto en el lapso de ley y ser la decisión recurrible conforme a lo establecido en el artículo 302 del Código Orgánico Procesal Penal; siendo que se encuentra comprendida dentro de las previstas expresamente en la Ley, conforme lo establece el artículo 447 numeral 7 ejusdem, aplicable por remisión expresa del artículo 64 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; por lo cual, se admite a trámite el recurso de apelación. Y así se decide.-

Respecto a la contestación al recurso de apelación por parte de la representación fiscal y de la defensa del investigado Robert Rafael Uzcátegui Marin, se evidencia consignada en tiempo hábil, por lo cual es admisible. Y así se decide.-

DISPOSITIVA

Por las razones que anteceden, esta Corte de Apelaciones con competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer y Reenvío en lo Penal del Circuito Judicial Penal con competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley:

PRIMERO: Admite el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Raiza del Carmen Brea Landaeta, en su carácter de víctima, debidamente asistida por el abogado Xavier Enrique Pulgar Márquez, contra la decisión dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal con competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el día 31 de julio de 2012, en la cual declaró con lugar la solicitud de desestimación de la denuncia realizada por la Fiscalía Centésima Trigésima Quinta del Ministerio Público de esta misma Circunscripción Judicial, interpuesta por la referida ciudadana Raiza del Carmen Brea Landaeta, por la presunta comisión de los delitos de Violencia Psicológica
SEGUNDO: Admite la contestación al recurso de apelación por parte de la representación fiscal y la defensa del investigado Rafael Uzcátegui Marin.
Regístrese, déjese copia y se deja constancia que por cuanto las partes se encuentran a Derecho, no procede su notificación por Boleta. Cúmplase.-

LA JUEZA PRESIDENTA,

DOCTORA NANCY ARAGOZA ARAGOZA


LAS JUEZAS INTEGRANTES,


RENEÉ MOROS TRÓCCOLI
Ponenta

CARMEN MARTINEZ BARRIOS


LA SECRETARIA

ABOGADA GLADYS TERESA ZAPATA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA

ABOGADA GLADYS TERESA ZAPATA

NAA//CMB/RMT/ads/.-
Asunto N° CA-1415-12-VCM