REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, dos (02) de noviembre de 2012
202º y 153º
ASUNTO: AP51-V-2012-009158
Revisadas las actas procesales que conforman el presente asunto con motivo de la demanda de Cumplimiento de Obligación de Manutención, y vista la diligencia de fecha 29/10/2012,suscrita por la parte actora mediante la cual ratifica el monto de las mensualidades pendientes conforme al calculo matemático realizado por este Tribunal, mediante Resolución dictada en fecha veinticinco (25) de octubre del año en curso por este Tribunal Noveno (9no.) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en consecuencia este Despacho ordena: Primero: La EJECUCIÓN FORZADA, al ciudadano JHONNY GILBERTO FAGUNDEZ BELISARIO, titular de la cédula de identidad N° V- 11.923.185, la cantidad de ONCE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 11.250,00) por concepto de mensualidades vencidas y no pagadas que van desde el mes de octubre del año 2011 hasta el mes mayo de 2012, así como la bonificación del mes de diciembre de 2011, los cuales serán descontados de las prestaciones sociales así como de cualquier otro beneficio que le corresponda al ciudadano antes identificado. Segundo: Se ordena Levantar la medida de embargo decretada por esta Juzgadora en fecha 25/10/2012, la cual recaía sobre la totalidad de las prestaciones sociales del ciudadano GILBERTO FAGUNDEZ BELISARIO, antes identificado, y en su lugar se dicta medida ejecutiva de embargo de conformidad con el artículo 184 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo (LOPTRA) sobre las prestaciones sociales así como cualquier otro beneficio que correspondan al obligado alimentario por la cantidad de ONCE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 11.250,00) a los fines de garantizar el pago de mensualidades adeudadas; así como el bono correspondiente al mes de diciembre de 2011 los cuales serán depositados a la cuenta N° 1750304950060672009 del Banco Bicentenario a nombre de la ciudadana ONORIA DEL CARMEN FERNANDEZ, antes identificada. Cuarto: Se dicta medida ejecutiva de conformidad con el artículo 381 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, sobre el sueldo del ciudadano JHONNY GILBERTO FAGUNDEZ BELISARIO, a los fines de que le sean descontados del mismo, los montos correspondientes de las mensualidades así como los bonos futuros de manera permanente y depositado en la cuenta antes señalada. Se ordena librar oficio a la Dirección de Recursos Humanos El Paso Hidrocapital Avenida Final Guaicaipuro, El Paso Los Teques Cooperativa MANTUVAL, a los fines de informarle sobre lo conducente. Líbrese oficio. Cúmplase.
LA JUEZA
ABG. DANIA RAMÍREZ CONTRERAS
EL SECRETARIO,
ABG. IVAN CEDEÑO
DRC/IC/Wendy Ortega
AP51-V-2012-009158
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