REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO (15°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN
Caracas, 19 de Noviembre de 2012
202° y 153°

ASUNTO: AP51-J-2011-004567
SOLICITANTE: NAYARITH ANGELICA ZULUETA PEÑA, venezolana mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-21.282.178
NIÑO: (SE OMITE SU IDENTIDAD), de 2 años de edad
MOTIVO: AUTORIZACION JUDICIAL PARA COBRAR.

Revisadas las actas que conforman el presente asunto de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA COBRAR, y recibido y tramitado por este Despacho en fecha 14/03/2011 , este Tribunal, vista la diligencia de fecha 15/10/2012 y lo expuesto por la solicitante en cuanto a la necesidad que presenta para cubrir los gastos que generan las festividades navideñas de su hijo (SE OMITE SU IDENTIDAD), de 2 años de edad, este Despacho observa que de las cuentas abiertas en el Banco Industrial de Venezuela, existen suficientes activos líquidos para ello y tratándose del beneficio de los adolescentes de autos este Tribunal Décimo Quinto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de este Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescente y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código Civil, CONCEDE AUTORIZACION JUDICIAL PARA COBRAR, la cantidad de CUATRO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 4.500,00) de la cuenta de ahorros número 0003-0081-18-0100491839 del Banco Industrial de Venezuela, a la NAYARITH ANGELICA ZULUETA PEÑA, venezolana mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-21.282.178, a objeto de cubrir los gastos anteriormente señalados. En consecuencia, ofíciese a la OFICINA DE CONTROL DE CONSIGNACIONES (O.C.C.) a los fines de que se sirvan realizar los trámites conducentes y a fin de que haga entrega a la referida ciudadana de la respectiva libreta de ahorro de la cuenta ut supra indicado. Líbrese lo conducente. Cúmplase.-
LA JUEZ

DRA. LENNI CARRASCO DORANTE

LA SECRETARIA
ABG. LUISA OLIVEROS
LCD/LO/Brey*