REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENENEZUELA
EN SU NOMBRE




JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO PAEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA.



Acarigua, 02 de Octubre de 2012
Años: 202° y 153°



Vista la diligencia inserta al folio 68 de fecha 27 de Julio de 2012, suscrita por el ciudadano: HERMES AGUSTIN SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, inpreabogado 128.734 titular de la cedula de identidad Nº V- 4.606.606. De este domicilio actuando en como representante judicial de la ciudadana: TERESA COLAVITA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad Nº V- 11.847.407 mediante la cual DESISTE en todas y cada una de sus partes a la presente demanda. Este Tribunal acuerda lo solicitado.


En consecuencia, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO PÀEZ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA el Desistimiento efectuado por la actora, se da por terminado el presente juicio y, se ordena el archivo del presente expediente, en su oportunidad correspondiente, se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas.

La Juez,



Abog. ARACELIS AGUILLON MEZA,

La Secretaria,


Abg. Carla Ortiz
Seguidamente se cumple con lo ordenado en auto anterior.

Conste:
ORTIZ-SECRETARIA
AAM/dg.-
Causa N° 1487-2012