REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, cinco (05) de octubre de dos mil doce (2012)
202º y 153º

ASUNTO: AP21-S-2012-001895

Visto el escrito que antecede contentivo de la transacción laboral presentada por el abogado MARDWIN SUÁREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 99.879, en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente, JARDINES DEL CERCADO, C.A., y por la ciudadana LIZ DARNELIS MOLINET, titular de la cédula de identidad Nº 10.299.898, en su carácter de parte oferida, debidamente asistida por el abogado ROGER GUTIÉRREZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 13.039; mediante la cual la parte oferente cancela la cantidad de Bs. 89.992,92, a la parte oferida, mediante dos cheques de gerencia Nº 00088106 y 00087929, girado contra la cuenta Nº 01341099232120210001, del Banco Banesco, por la cantidad de Bs. 67.339,66 y 22.653,26, los cuales recibe “en prueba de conformidad y aceptación”, manifestado que nada queda a deberle la empresa por los conceptos señalados en el escrito presentado, derivados de la relación laboral que existió entre las partes, dándose total finiquito en la transacción laboral que suscriben; en consecuencia este Juzgado vista que la misma no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, la homologa, dándole efecto de cosa juzgada.


LA JUEZ

LA SECRETARIA
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ



MARIANDREA GONZÁLEZ