REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Arrea Metropolitana de Caracas


N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-003569
PARTE ACTORA: CHRISTIAN ELOY CHOUZA C
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: COMPAÑIA LIMPIEZA BRILLO SERVICIO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: MARIANN SALEM
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO

En el día hábil de hoy veintiséis de octubre de dos mil doce, siendo las 11:29 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio; comparece la abogada MARIANN SALEM inscrita en el IPSA bajo el Nº 67.150 en su carácter de apoderada de la parte demandada quien consigna copia del poder y en original ad effectum videndi, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 153 ° y 202 °.
La Juez


Abg. Yolimar Ávila



Apoderada de la parte demandada


La Secretaria