JUZGADO VIGESIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL CICRCUITO JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
ACTA



N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2012-002624
PARTE ACTORA: LEONARDO RAFAEL PEREZ BLANCA, titular de la cédula de identidad Nº: 13.291.131
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JUDITH CARMEN CORNEJO DUGARTE , JOSE VICENTE HARO VILLAGOMEZ: I.P.S.A 118.083 Y 98.561
PARTE DEMANDADA: AUTOBODY 21, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS ROMERO CRUZ IPSA: 20. 572
MOTIVO:

En el día hábil de hoy,16 de Octubre de 2012, siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen por la parte actora el ciudadano LEONARDO RAFAEL PEREZ BLANCA, titular de la cédula de identidad Nº: 13.291.131, asistido por el abogado JOSE VICENTE HARO VILLAGOMEZ: I.P.S.A 118.083 y por la demandada la empresa TALLER AUTOBODY 21, C.A., representada por el abogado LUIS ROMERO CRUZ IPSA: 20. 572 respectivamente, carácter que consta en instrumento poder que consigna en original para que sea agregado a los autos , con facultades para transar, quienes han llegado al siguiente acuerdo: Ambas partes a los fines de dar por terminado el presente juicio han decidido celebrar un acuerdo transaccional en los siguientes términos: PRIMERO: Ambas partes reconocen la relación laboral, la fecha de ingreso y egreso y que la relación de trabajo Termino por despido injustificado. SEGUNDO: La parte demandada ofrece como monto transaccional la cantidad de bolívares (Bs. 15.000,oo) en un único pago, el día de 19 de octubre de 2012 por ante la Unidad de Recepción y Distribución de documentos , en horas de despacho, en cheque de Gerencia a nombre del trabajador, . TERCERO: Que el monto cancelado por la parte demandada comprende los conceptos discriminados en el libelo de la demanda, tales como la asignación de antigüedad, intereses sobre prestaciones sociales, vacaciones y bono vacacional fraccionados, utilidades fraccionadas e intereses de mora y las indemnizaciones de despido. CUARTO: La parte actora debidamente asistido de abogado declara que en virtud del acuerdo alcanzado por ante este Juzgado, desiste en este acto del procedimiento de Amparo Laboral, identificado con el número 02720120101524 , que sigue por ante la Inspectoría Del Este del Área Metropolitana De Caracas. QUINTO: La parte actora debidamente asistido, declara que acepta los términos de la transacción y condiciones de pagos, que en virtud del acuerdo alcanzado le otorga a la demandada el más amplio finiquito y solicita al Tribunal se homologue el acuerdo alcanzado, dándole efectos de la Cosa Juzgada. De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo JUZGADO VIGESIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL CICRCUITO JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
ACTA



N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2012-002624
PARTE ACTORA: LEONARDO RAFAEL PEREZ BLANCA, titular de la cédula de identidad Nº: 13.291.131
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JUDITH CARMEN CORNEJO DUGARTE , JOSE VICENTE HARO VILLAGOMEZ: I.P.S.A 118.083 Y 98.561
PARTE DEMANDADA: AUTOBODY 21, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS ROMERO CRUZ IPSA: 20. 572
MOTIVO:

En el día hábil de hoy,16 de Octubre de 2012, siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen por la parte actora el ciudadano LEONARDO RAFAEL PEREZ BLANCA, titular de la cédula de identidad Nº: 13.291.131, asistido por el abogado JOSE VICENTE HARO VILLAGOMEZ: I.P.S.A 118.083 y por la demandada la empresa TALLER AUTOBODY 21, C.A., representada por el abogado LUIS ROMERO CRUZ IPSA: 20. 572 respectivamente, carácter que consta en instrumento poder que consigna en original para que sea agregado a los autos , con facultades para transar, quienes han llegado al siguiente acuerdo: Ambas partes a los fines de dar por terminado el presente juicio han decidido celebrar un acuerdo transaccional en los siguientes términos: PRIMERO: Ambas partes reconocen la relación laboral, la fecha de ingreso y egreso y que la relación de trabajo Termino por despido injustificado. SEGUNDO: La parte demandada ofrece como monto transaccional la cantidad de bolívares (Bs. 15.000,oo) en un único pago, el día de 19 de octubre de 2012 por ante la Unidad de Recepción y Distribución de documentos , en horas de despacho, en cheque de Gerencia a nombre del trabajador, . TERCERO: Que el monto cancelado por la parte demandada comprende los conceptos discriminados en el libelo de la demanda, tales como la asignación de antigüedad, intereses sobre prestaciones sociales, vacaciones y bono vacacional fraccionados, utilidades fraccionadas e intereses de mora y las indemnizaciones de despido. CUARTO: La parte actora debidamente asistido de abogado declara que en virtud del acuerdo alcanzado por ante este Juzgado, desiste en este acto del procedimiento de Amparo Laboral, identificado con el número 02720120101524 , que sigue por ante la Inspectoría Del Este del Área Metropolitana De Caracas. QUINTO: La parte actora debidamente asistido, declara que acepta los términos de la transacción y condiciones de pagos, que en virtud del acuerdo alcanzado le otorga a la demandada el más amplio finiquito y solicita al Tribunal se homologue el acuerdo alcanzado, dándole efectos de la Cosa Juzgada. De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso, por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada .Se acuerda la devolución de las pruebas, en virtud del acuerdo alcanzado. Se deja constancia que las partes declaran recibir en este acto las pruebas consignadas al inicio de la audiencia preliminar.



La juez .


Abg. Beatriz Pinto C La Secretaria



Abg. Dorimar Chiquito


La parte actora
Abg. Asistente La parte demandada.

La Secretaria



Abg. Dorimar Chiquito


La parte actora
Abg. Asistente La parte demandada.