JUZGADO VIGESIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION MEDIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ARAEA METROPLITANA DE CARACAS
ACTA


N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2012-002200
PARTE ACTORA:MAYELA MORILLO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: WILIAN ARANDA., IRIS ALFONSO CHIARELLI, WILLIAM ENRIQUE APARCEDO BENITEZ
PARTE DEMANDADA: DISTRIBUIDORA EQUIOFICA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ALIRIO ANTONIO ARIAS. IPSA.- 77.768
MOTIVO:

Hoy, 17 de Octubre de octubre de 2012 . Siendo las 02:00pm, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma por la parte actora la ciudadana Mayela Morillo, titular de la cédula de identidad N: 7.942.828 ,asistida por el abogado Iris Alfonzo Charelli, inscrita en el I.P.S.A Nº: 63.799 , carácter que consta en autos y por la parte demandada la empresa DISTRIBUIDORA EQUIOFICA, C.A. , representada por el abogado ALIRIO ANTONIO ARIAS. IPSA.- 77.768 , con facultades para transar, quienes han llegado al siguiente acuerdo: Ambas partes a los fines de dar por terminado el presente juicio han decidido celebrar un acuerdo transaccional en los siguientes términos: PRIMERO: Ambas partes reconocen la relación laboral, la fecha de ingreso y egreso y que la relación de trabajo Termino por despido injustificado. SEGUNDO: La parte demandada ofrece como monto transaccional la cantidad de bolívares (Bs. 96.000,00) en dos pagos : un primer pago el día miércoles 24 de octubre de dos mil doce (2012), en horas de despacho por la cantidad de Bs. 40.000,00. un segundo pago el día viernes 09 de noviembre de dos mil doce por la cantidad de Bs. 45.000,00,en horas de despacho por ante la Unidad de Recepción y Distribución De Documentos. La diferencia de bolívares once mil (11.000,00), se encuentran a la orden de la trabajadora en el procedimiento de Oferta Real que cursa en la causa AP21-S-2009-712, Tribunal Cuadragésimo Primero (41°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. Los cuales deberá solicitar mediante diligencia su entrega por ante el Tribunal competente. La parte demandada declara que con la presente transacción cancela en este acto los conceptos que aparecen discriminados en el libelo de la demanda. TERCERO: La parte actora debidamente asistido, declara que acepta los términos de la transacción y condiciones de pagos, que en virtud del acuerdo alcanzado le otorga a la demandada el más amplio finiquito y solicita al Tribunal se homologue el acuerdo alcanzado, dándole efectos de la Cosa Juzgada. Ambas partes solicitan copia certificada de la presente acto transaccional y el auto que lo homologa. De conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso, por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada .Se acuerda la devolución de las pruebas, en virtud del acuerdo alcanzado. Se deja constancia que las partes declaran recibir en este acto las pruebas consignadas al inicio de la audiencia preliminar. . Se acuerdan las copias certificadas solicitadas, de conformidad con lo establecido en el Art 23 de la Ley Orgánica procesal del Trabajo. Expídase por Secretaria.

El Juez

El Secretario

Abg. Beatriz Pinto
Abg. Dorimar Chiquito




Actora Demandada