REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario
de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 9 de octubre de 2012
202º y 153º

SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° PJ0082012000273
Asunto: AP41-U-2012-000215

Vistos los escritos de promoción de pruebas presentados en fecha 28-09-2012, por los abogados Ronald Evans Marquez, Jorge Jraige Roa y Jaime E. Flores, INPREABOGADO Nº. 38.371, 77.366 y 109.766, respectivamente en su carácter de apoderados de la Contribuyente INDUSTRIAS LACTEAS VENEZOLANA, C.A. (INDULAC), y por el abogado Yovanny Jesús Quintero Moreno, INPREABOGADO Nº 174.364, en su carácter de Sustituto de la ciudadana Procuradora General de la República, donde promueven, los primeros el merito favorable de los autos, pruebas documentales y de exhibición de documentos, y el segundo pruebas documentales, promoviendo el expediente administrativo correspondiente a la Contribuyente, este Tribunal, por cuanto no las considera ilegales ni impertinentes admite las pruebas documentales presentadas por las partes, cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva; con respecto a la prueba de exhibición presentada por los Apoderados Judiciales de la Contribuyente mediante la cual solicita a la Administración Tributaria que exhiba el expediente administrativo, este Tribunal considera inoficioso pronunciarse por cuanto el mismo fue presentado en fecha 28-09-2012 por el Sustituto de la ciudadana Procuradora General de la República.

La Jueza Superior Titular


Dra. Doris Isabel Gandica Andrade

La Secretaria Titular



Abg. Cristel Angelina Peinado Mendoza



Asunto; AP41-U-2012-000215
mvg