REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 15 de octubre de 2012
202º y 153º
ASUNTO: AP11-V-2012-001011
Visto el anterior libelo de demanda que por SIMULACIÓN y los recaudos anexos al mismo, por la ciudadana TIBISAY ELENA CARRILLO PORRAS, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.600.743, debidamente asistida por el abogado en ejercicio, ciudadano CARLOS EDUARDO DIAZ COLMENAREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.685.453, inscrito en el inpreabogado bajo el numero 98.534, este Tribunal LA ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 341 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se ordena la citación de los ciudadanos IGOR FERNANDO FUENMAYOR MONAGAS y OLGA DE FATIMA MONIZ DE ABREU, mayores de edad, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 16.461.736 y 9.063.313, respectivamente, a fin de que comparezcan ante este Tribunal dentro de los (20) veinte días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la ultima de las citaciones sin importar el orden, en cualquiera de las horas comprendidas de despacho entre 8:30 a.m. y 3:30 p.m., a fin de que dé contestación a la demanda incoada en contra de sus personas. Compúlsense el libelo de la demanda, el presente auto y su orden de comparecencia al pié, previa certificación por Secretaría, de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, al fin de que el alguacil designado se sirva practicar la citación de la parte demandada, todo previo suministro de los fotostatos respectivos, los cuales deberán ser consignados por diligencia
La Juez,
La Secretaria,
Sarita Martínez Castrillo
Abg. Arelis Falcón
SM/af/jg