REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 22 de Octubre de 2012
202º y 153º
ASUNTO: AH14-S-2008-000652
SOLICITANTE: ALEJANDRO GÓMEZ MEZA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y civilmente hábil.
APODERADA JUDICIAL: NANCY VIRGINIA BOSCAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 21.082.
MOTIVO DEL JUICIO: INSERCION DE PARTIDA DE NACIMIENTO
Exp. AP11-S-2008-000652 (Nomenclatura particular de este Juzgado)
I
Se refiere la presente solicitud a una demanda de Inserción de partida de Nacimiento presentada por el ciudadano ALEJANDRO GÓMEZ MEZA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y civilmente hábil, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, transito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, quien previa distribución lo remitió a este Juzgado.
Señala el aspirante a la Inserción de Partida de Nacimiento, que nació el día 08 de Junio de 1982, en el Hospital Materno Infantil del Este, Petare, estado Miranda, siendo hijo de ALEJANDRO GÓMEZ DEL TORO y de la ciudadana CELIA MEZA CONTRERAS, y que actualmente carece de su respectiva partida de nacimiento por cuanto no aparece inserta la misma en la Oficina de Registro Civil Municipal de la Parroquia de Petare, motivo por el cual solicita a este Juzgado ordene su respectiva inserción.
Para demostrar la ausencia de registro de la mencionada partida de nacimiento, el solicitante acompañó a su escrito libelar los siguientes documentos:
• Constancia de nacimiento Nº 0320, emanada del Hospital Materno Infantil del Este.
• Constancia de No Presentación, expedida de la Oficina de Registro Civil Municipal del Municipio Sucre.
• Peritaje Materno Nro 250 de fecha 27.06.2008, expedida por el CICPC.
• Constancia de Nacimiento Nº 1531, expedida por el Materno Infantil del Este “Dr Joel Valencia Parparcén” de fecha 09.03.2012.
-II-
Admitida la solicitud en fecha 27.01.2012, se ordenó de conformidad con lo establecido en el Artículo 770 del Código de Procedimiento Civil, el emplazamiento por medio de un Cartel a todas aquellas personas que se crean afectados sus derechos, a los fines de que comparezcan por ante este tribunal dentro de los Diez (10) días de Despacho, siguientes a la publicación, consignación y fijación que dicho cartel se haga a fin de que expongan lo que crean conducente en relación a la presente solicitud, cartel este que fue publicado en el diario “ULTIMAS NOTICIAS”. Igualmente se cumplió con la notificación del Fiscal del Ministerio Público de conformidad con el Artículo 131 del Código de Procedimiento Civil.
Ahora bien, concatenadas las probanzas de autos y notificada como se encuentra la vindicta pública, resulta concluyente para este despacho, tener como ciertos los hechos narrados por el solicitante por haber sido demostrados en autos conforme a lo dispuesto en el Artículo 506 del Código de Procedimiento Civil.
-III-
En consecuencia, por las anteriores consideraciones, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la INSERCIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMNIENTO del ciudadano ALEJANDRO GÓMEZ MEZA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, y civilmente hábil, hijo de los ciudadanos: ALEJANDRO GÓMEZ DEL TORO y CELIA MEZA
CONTRERAS. Líbrese las copias certificadas pertinentes una vez conste en autos los fotostatos consignados por la solicitante y remítanse las mismas anexas a oficios a las Autoridades competentes, a objeto de que conforme a lo establecido en los Artículos 773 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 502 del Código Civil Vigente, a los fines de que se estampe las notas correspondientes.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado 4º de 1era Ins. C.M.T.B. En la Ciudad de Caracas, a los 22 días del mes de Octubre de 2012. Años 202º y 153º.
El Juez,
Abg. Carlos A. Rodriguez Rodriguez
La Secretaria
Abg. Maitrelly Vanessa Arenas
En esta misma fecha, siendo las 10:31 AM, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
La Secretaria
Abg. Maitrelly Vanessa Arenas
Asunto: AH14-S-2008-000652
CARR/MVA/mm
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