REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO TERCERO EJECUTOR DE MEDIDAS

En el día de hoy, primero (01) de octubre de dos mil doce (2012), siendo las dos de la tarde (2:00 pm), constituido como se encuentra este Juzgado Tercero de Municipio Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la Juez Caribay Gauna y la Secretaria Dubraska Ibarreto, se traslada al siguiente inmueble: “Local comercial distinguido con el N° 4, ubicado en el Centro Comercial Avenida Chacaito, entre las Avenidas Abraham Lincoln y Avenida Casanova, Parroquia El Recreo, Municipio Libertador del Distrito Capital…”, en compañía del apoderado judicial de la parte actora, abogado Pedro Nieto, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 122.774. Para el caso de requerirse se designa a la Depositaria Judicial La Consolidada, C. A, representada en el acto por el ciudadano Argenis Rivas, titular de la cédula de identidad Nº V.- 4.081.609 y como perito avaluador al ciudadano Alí José Peláez, titular de la cédula de identidad Nº V.- 4.774.760, quienes aceptaron los cargos sobre ellos recaído y juraron cumplir bien y fielmente con las obligaciones inherentes a dicha designación; a fin de practicar medida de entrega material decretada por el Juzgado Décimo Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con motivo del juicio de desalojo incoado por Ricardo De Sola contra Sociedad Mercantil Licorería Bodegón T.T.J, C.A. Una vez en el lugar indicado el Tribunal es atendido por el ciudadano Pedro Pablo Tavarez De La Rosa, titular de la cédula de identidad Nº V.- 25.973.301, quien apertura las puertas del local y permite el ingreso del Tribunal. Ya en su interior la Juez procede a notificarlo formalmente de la medida, dando lectura íntegra al despacho de comisión. Realizada su notificación el ciudadano Pedro Pablo Tavarez, expone: “ Manifiesto mi deseo de retirar por mi propia cuenta, riesgo y responsabilidad dos neveras que se encuentran en el lugar y trasladarlas a la Quinta Mitirai, situada en la Avenida Venezuela de la Urbanización Bello Monte del Municipio Baruta. En este estado el ciudadano Alí José Peláez, perito avaluador designado por este Tribunal, señala que efectivamente solo se encuentran en el inmueble dos (02) neveras freezer de la Polar. Visto lo manifestado por el ciudadano Pedro Pablo Tavarez De la Rosa, la Juez Ejecutora autoriza el retiro de dichos bienes y su traslado a la dirección aportada por el notificado, en los camiones suministrados por el representante de la Depositaria Judicial Consolidada, C.A y en cumplimiento de su misión procede a hacer la entrega material, real y efectiva de “Local comercial distinguido con el N° 4, ubicado en el Centro Comercial Avenida Chacaito, entre las Avenidas Abraham Lincoln y Avenida Casanova, Parroquia El Recreo, Municipio Libertador del Distrito Capital…”, a la parte actora en la persona de su apoderado judicial Pedro Nieto, ya identificado, quien expone: “ Declaro recibir conforme libre de bienes y personas el inmueble que se me hace entrega en este acto. Es todo “. Cumplida como ha sido la misión se dispone el retiro del Tribunal a su Sede. Terminó, se leyó y conformes firman siendo las 3:30 pm. -
La Juez,

Caribay Gauna
El apoderado Judicial de la parte actora

Abg. Pedro Nieto
El notificado

Pedro Pablo Tavarez De La Rosa
El representante de la Depositaria judicial
La Consolidada, C. A

Argenis Rivas
El Perito Avaluador

Alí José Peláez
La Secretaria,

Dubraska Ibarreto
Exp. N° 3273-12 (Interno)
Exp. N° AP31-V-2010-000508