REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 08 DE OCTUBRE DE 2012.-
Años 202° Y 153°

Llegada la oportunidad de sentenciar este Tribunal observa de la revisión realizada a la presente pieza se puedo constatar que en fecha siete de (07) de marzo del presente año, el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, dictó auto mediante el cual ordenó el desglose de las actuaciones a partir del folio 410, del presente expediente, dicho desglose no fue realizado por el Juzgado de instancia, ahora bien, en virtud de la apelación ejercida por la representación Judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado de A quo en fecha 21 de junio de 2006, la cual corre inserta en los folios 421 al 426; Así las cosas, se evidencia que posterior a la foliatura de la sentencia fue agregado un cuaderno de apelación sustanciado en el Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de esta Circunscripción Judicial. De allí, que en la presente pieza existe un desorden en las actuaciones, dificultando el manejo de la misma. En consecuencia, este Tribunal ordena el desglose del cuaderno de apelación agregado en los folios 429 al 542, y ordena abrir una pieza denominada cuaderno de apelación. Corríjase foliatura.
EL JUEZ,

Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
EL SECRETARIO,

Abg. RICHARS MATA.

VGJ/RM/kl
Exp: 10319