REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, once (11) de octubre de dos mil doce (2012)
202º y 153º
ASUNTO N°: AP31-S-2011-004365
SOLICITANTE: AURA CECILIA LOPEZ RIVAS.
MOTIVO: DECLARACION DE UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS.
Se inició el presente expediente con motivo de la solicitud introducida el 12 de mayo de 2011, por la ciudadana AURA CECILIA LOPEZ RIVAS DE MIZRAHI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V.-1.376.843, debidamente asistida por la abogada MIRIAM MIZRAHI SALAZAR, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 34.426; solicitando al Tribunal se declare su persona, como Único y Universal Heredera del causante SALOMON MIZRAHI LUGO.
Se admitió la solicitud el día 25 de mayo de 2011, fijándose el 6 de junio de 2011, a las nueve (09:00 a.m.) de la mañana, para que tuviera lugar la evacuación de los testigos, pero en esa fecha no se presentó testigo alguno. Así se observa que la última actuación de la solicitante, está circunscrita a la fecha en que introdujo la solicitud ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial.
En base a los hechos narrados, este Juzgado presume que ya la solicitante no está interesada en proseguir con la presente solicitud, debido al tiempo transcurrido desde que introdujo la misma, y la petición de entrega de los recaudos consignados.
En consecuencia, este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA que en el presente caso se consumó una pérdida de interés procesal por parte de la solicitante, quien no compareció nuevamente a solicitar otra oportunidad para que tuviera lugar la evacuación de los testigos en la presente solicitud. En consecuencia, se ordena darla por terminada y archivarla.
Dada, firmada y sellada a los once (11) días del mes de octubre de 2012, en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
LA JUEZA TITULAR,
_________________________________
Abg. ZOBEIDA M. ROMERO ZARZALEJO.
LA SECRETARIA TITULAR,
Abg. VIOLETA RICO.
En esta misma fecha (11-10-2012), y siendo las ( ) horas de la mañana, se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA TITULAR,
Abg. VIOLETA RICO.
ZMRZ/VR/Daniel
|