REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Juzgado Décimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciséis de octubre de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO : AP31-S-2012-009192
Vista la solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS Y DE BIENES presentada por los ciudadanos LUIS AUGUSTO BEAUPERTHUY COTES y FLOR ANDREINA HURTADO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. 2.765.977 y 10.350.854, respectivamente, asistidos por la abogada BLAYNER VEREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 138.439, este Tribunal en atención a lo previsto en el artículo 3 de la Resolución 2009-0006 de fecha 18 de Marzo de 2009, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39152 de fecha 02 de Abril de 2009, la admite cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS y de BIENES de los ciudadanos, LUIS AUGUSTO BEAUPERTHUY COTES y FLOR ANDREINA HURTADO, antes identificados, en los términos y condiciones por ellos establecidos, en el escrito de fecha 03/10/2012, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se acuerda expedir por Secretaria las copias certificadas solicitadas y del presente auto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, previa consignación de los fotostatos necesarios. Cúmplase.-
LA JUEZ
LA SECRETARIA ACC,
ANABEL GONZALEZ GONZALEZ
ABG. MARIA ELIZABETH NAVAS
AGG/AP/nelly