ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-001706

PARTE ACTORA: LUIS RIVAS
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: JESUS CANCHICA
PARTE DEMANDADA: WALCO INDUSTRIAL S.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: IRAIDA AGUERO
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 16 de octubre de 2012, a las 03:00 p.m., día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la ciudadana JESUS CANCHICA, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 52.597, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadano LUIS RIVAS, titular de la cédula de identidad Nº 3.019.228, y la abogada en ejercicio IRAIDA AGUERO, inscrito en el IPSA bajo el N° 47.316, en su carácter de apoderada judicial de la demandada, carácter que consta en autos.-
Dándose, inicio a la audiencia, quienes han llegado al siguiente acuerdo, La parte demandada ofrece cancelar como único pago a la parte actora la cantidad de Bs 130.000,00 por cada uno de los conceptos demandados, el cual es pagado el día de hoy, mediante cheque Nº 09717699, librado contra la Entidad Financiera Banco Provincial a favor del actor, y emanado de la cuenta corriente Nº 0108001703010100000957, de fecha 16 de octubre de 2012, a los fines de dar por concluido el presente juicio. En este estado la parte actora y su apoderado judicial acepta la cantidad ofrecida manifestando no tener más nada que reclamar. Seguidamente ambas partes solicitan a este Juzgado homologue el presente acuerdo y se ordene el cierre y archivo del presente expediente y se acuerde sendas copias certificadas de la presente acta. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el referido acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada; asimismo en la oportunidad se ordenará el cierre y archivo del presente expediente, así como su correspondiente cierre informático. Se deja constancia que en esta audiencia se le hace entrega a las partes de las pruebas traídas al Juicio, en virtud de la mediación.
Es todo. Terminó y conforme firman:
La Juez

Abg. Gloria García Guzmán

Parte actora y su apoderado


Apoderada parte demandada


El Secretario

Abg. Luis Barranco