REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintitrés (23) de 0ctubre de dos mil doce (2012)
202º y 153º
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-003528
PARTE ACTORA: GRENNEIS MANUEL MORALES MORALES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 25214570
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITADO EN AUTOS
PARTE DEMANDADA: GERENCIA TECNICA ADMINISTRADORA INTEGRAL EL PARAISO
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: NO ACREDITADO EN AUTOS
MOTIVO: CALIFICACIÒN DDE DESPIDO

En el día de hoy, veintitrés (23) de 0ctubre de dos mil doce (2012), siendo las 9:00 am día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la incomparecencia a la misma del ciudadano GRENNEIS MANUEL MORALES MORALES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 25214570, en su condición de parte demandante y de su apoderado judicial, por otra parte, se deja de la incomparecencia de la parte demandada GERENCIA TECNICA ADMINISTRADORA INTEGRAL EL PARAISO, ni por si ni por medio de apoderado judicial . En consecuencia, vista la incomparecencia de la parte actora y de sus apoderados judiciales a la audiencia preliminar fijada para el día de hoy en el presente proceso y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Trigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley dicta seguidamente el dispositivo del fallo de la manera siguiente: SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO EN LA ACCIÓN INCOADA por : GRENNEIS MANUEL MORALES MORALES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 25214570, en contra de GERENCIA TECNICA ADMINISTRADORA INTEGRAL EL PARAISO. En consecuencia, SE DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Así se decide.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA

Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Trigésimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, veintitrés (23) de 0ctubre de dos mil doce (2012).


FRANCISCO JAVIER RÍO BARRIOS
EL JUEZ






EL SECRETARIO
YORMAN GARCIA MARTINEZ