REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuadragésimo Segundo (42°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintitrés de octubre de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: AP21-S-2012-001561


Visto el escrito de TRANSACCION presentado en fecha 03 de octubre de 2012, por el ciudadano MIGUEL ANGEL RONDON SANCHEZ, titular de la Cedula de Identidad N° 10.105.198, en su carácter de parte oferida en la presente oferta real de pago, asistido por la abogada CARMEN MARQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 115.953, por una parte, y por la otra el abogado NEGAR A. PEREZ BORJAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 58.697, en su carácter de apoderado judicial de la empresa CERVECERIS RESTAURANT O CATIÑO S.R.L., mediante la cual la parte oferida recibe el pago de los conceptos allí señalados a su entera satisfacción, el cual asciende al monto de SETENTA MIL BOLIVARES (Bs. 70.000,00), este Tribunal HOMOLOGA dicha transacción conforme al articulo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y Las Trabajadoras y los artículos 10 y 11 del Reglamento, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada, por lo que una vez transcurrido el lapso legal para que las partes ejerzan los recursos que consideren pertinentes contra este auto, sin que lo hicieren, se dará por TERMINADO el presente juicio.


LA JUEZ


ABG. EVELY FARIAS PAZ




EL SECRETARIO

ABG. OSCAR CASTILLO