REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUADRAGÉSIMO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Año 202° y 153°
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-003558
En el día hábil de hoy JUEVES 18 DE OCTUBRE DE 2012, siendo las 10:00 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la AUDIENCIA PRELIMINAR en el presente asunto que por CALIFICACION DE DESPIDO incoara el ciudadano DALLY ANDRES TERAN ROJAS, titular de la cedula de identidad N° 19.274.066, contra la sociedad mercantil MARKETING THE BIG SHOP 3000, C.A. En consecuencia, este Juzgado da por recibido el presente asunto proveniente de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, con motivo de su distribución, por lo que la Juez se ABOCA al conocimiento de la presente causa. Ahora bien, anunciado como ha sido el acto en la Sala de Espera de los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución, se deja constancia de la comparecencia de los abogados NANCY BEATRIZ RODRIGUEZ y ALFREDO MANCCINI TEKHAUS, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 117.899 y Nº 20.008, respectivamente, con el carácter de apoderados judiciales de la parte demandada, quienes presentan copia simple del instrumento poder que acredita su representación constante de CUATRO (4) folios útiles así como su copia certificada ad efectum videndi. Asimismo se deja constancia de la incomparecencia a este acto de la parte actora Ciudadano DALLY ANDRES TERAN ROJAS, titular de la cedula de identidad N° 19.274.066, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que una vez transcurridos treinta (30) minutos, este Juzgado Cuadragésimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, pasa a dictar en forma oral el dispositivo del fallo, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declarando DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
LA JUEZ
SADY CARDONA MORENO
NANCY BEATRIZ RODRIGUEZ
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
ALFREDO MANCCINI TEKHAUS
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
OSCAR CASTILLO
EL SECRETARIO
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