REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Octavo Superior del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Dieciséis (16) de Octubre de 2012
202º y 153º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA.
N° DE EXPEDIENTE: AP21-R-2012-584
En virtud de Resolución Nº 2007-0022 de fecha 06 de Junio de 2007, emanada de la Sala del Tribunal Supremo de Justicia, y publicada en gaceta oficial Nº 355.459, este Juzgado Superior Tercero del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, pasa a denominarse Tribunal Superior Octavo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y de acuerdo al Dispositivo Oral del Fallo pronunciado en la Audiencia Pública celebrada ante esta Alzada el día 11/10/2012, este Juzgado procede a publicar el texto integro del fallo de la siguiente manera:
PARTE ACTORA: MARIA GLADYS FERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 2.729.481.-
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: EFRAIN SANCHEZ, GUMERSINDA PARACO, abogados en ejercicio, venezolanos, de este domicilio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 33.908, y 29.217, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: ALCALDÍA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO MIRANDA.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: RAQUEL MENDOZA, MARGARITA NAVARRO, LENINA NAVA, WILMER PEREIRA, entre otros, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 5.543, 15.452, 117.791, 117.790, respectivamente.
MOTIVO: Apelación interpuesta por la parte accionante contra decisión de fecha 23 de marzo de 2012, dictada por el Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Han subido a esta alzada por distribución, las presentes actuaciones en virtud de la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte actora, en la persona del abogado EFRAIN SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, inscrito en el IPSA bajo el Nº 33.908., contra sentencia de fecha 23 de marzo de 2012, dictada por el Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Recibidos los autos en fecha 25/06/2012, se dio cuenta a la Juez Titular de éste Juzgado, quien fijó la oportunidad de la audiencia para el día viernes 11 de Octubre de 2012 a las 09:00a.m.
Siendo la oportunidad para decidir una vez efectuada la audiencia oral y pública en la cual se dictó el dispositivo del fallo, esta Sentenciadora procede a motivar su decisión bajo las siguientes consideraciones:
CAPITULO I
OBJETO DE LA APELACION
La presente controversia tiene por objeto resolver la apelación que interpuso la representante judicial de la parte actora, en la persona del abogado EFRAIN SANCHEZ, debidamente inscrito en el IPSA N°33.908., contra sentencia de fecha 23 de marzo de 2012, dictada por el Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
CAPITULO II
DEL DESISTIMIENTO
Siendo la oportunidad legal para decidir, esta Alzada observa que iniciada la audiencia de parte fijada para el día y hora señalados supra, la secretaria del Tribunal al momento de anunciar la presencia de las partes en el acto, dejó expresa constancia de la incomparecencia de la representación judicial de la parte actora en la oportunidad de la audiencia fijada, parte recurrente ante esta alzada.
De la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se desprende que los artículos referidos a la audiencia oral a celebrarse por ante los Juzgados Superiores del Trabajo, son de naturaleza obligatoria, y es por ello que constituye una carga procesal para el apelante su comparecencia; en tal sentido, ello conlleva a que la incomparecencia de la parte apelante o recurrente al acto, acarrea el desistimiento del recurso de apelación propuesto, y así está establecido en todo lo largo de la normativa procesal para las audiencias a celebrarse, por ante los Juzgados Superiores.
En base a lo expuesto, es forzoso para quien sentencia en virtud de la incomparecencia del apelante a la audiencia fijada, aplicar las consecuencias jurídicas establecidas en la nuestra Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y declarar desistida la apelación interpuesta por el abogado EFRAIN SANCHEZ, debidamente inscrito en el IPSA bajo el N° 33.908., contra sentencia de fecha 23 de marzo de 2012, dictada por el Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
DISPOSITIVO
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Octavo Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la parte actora en contra de la sentencia de fecha 23 de marzo de 2012, dictada por el Juzgado Décimo Cuarto de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Se condena en costas a la parte actora recurrente del presente recurso, de conformidad con lo previsto en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Octavo Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, a los dieciséis (16) días del mes de Octubre de 2012.
LA JUEZA,
Abg. GRELOISIDA OJEDA NÚÑEZ
EL SECRETARIO,
Abg. ELVIS FLORES.
En esta misma fecha y previo cumplimiento de las formalidades de Ley, siendo las dos de la tarde (02:00 p.m.) se dictó y publicó la presente decisión.
GON/EF/ns.
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