REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Tercero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Caracas, cuatro (04) de octubre de dos mil doce (2012).
202º y 153º
ASUNTO: AP51-R-2011-013588

Vista el acta cursante a los folios 151, 152 y 153 del presente asunto, en la cual se dejó constancia de la no comparecencia de la ciudadana ISABEL PARDO, plenamente identificada en autos, al acto de posiciones juradas acordado por este Tribunal Superior Tercero en fecha 24/09/2012, esta Juzgadora en aras de dar fiel cumplimiento a lo previsto en el último a parte del artículo 412 del Código de Procedimiento Civil, procede a dejar constancia que las posiciones juradas formuladas por los apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil GLOCK DE VENEZUELA C.A, quedan estampadas a la parte no compareciente, por lo que dicha inasistencia ocasiona la confesión sobre los hechos expuestos en la referida acta, y así se decide.
Publíquese, regístrese y agréguese al expediente.
Dada, firmada y sellada en este Tribunal Superior Tercero del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, a los cuatro (04) días del mes de octubre de dos mil doce (2012). Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
LA JUEZ SUPERIOR TERCERA,

DRA. YUNAMITH Y. MEDINA.
LA SECRETARIA,

ABG. YELITZA GUARAMACO.
AP51-R-2011-013588
YYM/YG/José Chiquito.-