REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Noveno (9º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, 06 de octubre de 2011
200º y 151º
ASUNTO: AP51-J-2011-015521
Vista las actuaciones contentivas en el presente asunto y oída la aceptación y juramentación legal al cargo de Curador Ad-Hoc, manifestado por el ciudadano LEONARDO BRICEÑO VALIENTE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V-4.353.216, donde se compromete cumplirlo bien y fielmente; así como la expresa manifestación de que el niño SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de nueve (09) años de edad, no posee bienes de fortuna por lo que no se ordena la realización del inventario señalado en el segundo aparte del artículo 110 del Código Civil, en consecuencia este Juzgado Noveno (9º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de conformidad a lo dispuesto en el artículo up supra señalado, le discierne el cargo de Curador Ad-Hoc del niño antes mencionado al ciudadano LEONARDO BRICEÑO VALIENTE, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nos. V-4.353.216. Expídase por Secretaría copia certificadas de la presente sentencia, a los fines de que surta sus efectos legales. Cúmplase lo ordenado.
La Juez
Abg. Dania Ramírez Contreras
La Secretaria
Abg. Karla Salas
AP51-J-2011-015521
DRC/KS/Carlos Carrero.-
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