REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
TRIBUNAL DÉCIMO CUARTO (14°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN
Caracas, treinta (30) de Octubre del 2011
202º y 153º
ASUNTO: AP51-V-2012-001499
Vistas las actas procesales que conforman la presente solicitud y en especial el escrito de Convenimiento de Partición y Liquidación de la Comunidad Conyugal, presentado por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D), en fecha 16/10/2012, por los ciudadano JOSÉ DE LOS ANGELES QUINTERO SUAREZ, mayor de edad y titular de la cédula de identidad V- 5.520.699, debidamente asistido por la abogada SONIA OLDENBURG, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro 48.883 y MAIGUALIDA BERNAL MACHISTE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad V- 6.512.989, debidamente asistida por el abogado VICTOR RAMON BERMUDEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro 64.738; este Tribunal Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho Convenimiento de Partición y Liquidación de la Comunidad Conyugal en cada una de sus partes, se le imparte su aprobación en los mismos términos en ellas expuestos, dándole carácter de Sentencia Firme Ejecutoriada de conformidad con lo establecido en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Se Insta a las partes a consignar las copias requeridas a fin de su certificación por Secretaría, y una vez tramitadas, y remítanse a la Oficina de Atención al Público (O.A.P.). Cúmplase.-
LA JUEZ

Dra. ENOÉ CARRILLO CASTELLANOS
LA SECRETARIA
Abg. ANADIS OCHOA