REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal 15° de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen
Caracas, 04 de Octubre de 2012
202º y 153º
ASUNTO: AP51-J-2012-017839
Por recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial, verifíquense los registros, acéptese y désele entrada. Visto el presente asunto de CONVENIMIENTO DE RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, presentado por DEYANIRA GODOY, en su carácter de Defensora Municipal del Niño, Niña y Adolescente del Municipio Baruta N° 146, asistiendo a los ciudadanos YAMIL EMILIO GARCIA MARTINEZ y LINA MARCELA ARCE MUÑOZ, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nº V-18.995.983 y CC- 1.127.594.287, respectivamente, en beneficio de su hijo (SE OMITE SU IDENTIDAD), de cuatro (04) años de edad; este Tribunal Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes lo ADMITE por no ser el mismo contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley. En consecuencia, procede a Homologar el CONVENIMIENTO DE RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, suscrito por las ciudadanas antes identificadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 387 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva. Expídanse por secretaria las copias certificadas del convenio y del presente auto y entréguense a los interesados en la Oficina de Atención al Público (O.A.P.), una vez que las partes consignen los fotostatos pertinentes, a fin de que surta los efectos legales correspondientes. Por último, se ordena el CIERRE y ARCHIVO del presente asunto. Líbrese Oficio. Archívese el expediente. Cúmplase.-
La Juez
Abg. Lenni Carrasco Dorante
La Secretaria
Abg. Luisa Oliveros
AP51-J-2012-017839
Lcd/bo/marianna
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