REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal 15to
Caracas, 09 de octubre de 2012
202º y 153º

ASUNTO: AP51-J-2012-016372

SOLICITANTE: YENIFER ESTHER ROJANO SALAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.757.706.
NIÑO: (SE OMITE SU IDENTIDAD), de siete (07) años de edad.-
ABOGADA: NORBELYS BAÉZ, en su carácter de Defensora Pública Décima (10°)
MOTIVO: CARGA FAMILIAR.

Vista la anterior solicitud de JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR, presentada por la ciudadana YENIFER ESTHER ROJANO SALAS, ut supra identificada, actuando en nombre y representación de su hijo (SE OMITE SU IDENTIDAD) de siete (07) años de edad, por la cual solicitó que el niño ya mencionado sea declarado carga familiar del ciudadano ANGEL DE JESUS BOLEMOS AGUILAR. En consecuencia, este Tribunal Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cumplidas como fueron las formalidades de Ley, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la solicitud de CARGA FAMILIAR y en consecuencia se declara a (SE OMITE SU IDENTIDAD), de siete (07) años de edad, carga familiar del ciudadano ANGEL DE JESUS BOLEMOS AGUILAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 22.648.761. Expídanse por secretaría las copias certificadas que sean necesarias a los interesados, de conformidad con los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena CIERRE Y ARCHIVO. Líbrese lo conducente. Cúmplase.-
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En Caracas, a los nueve (09) días del mes de octubre del año dos mil doce (2012). Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
LA JUEZ

DRA. LENNI CARRASCO DORANTE

LA SECRETARIA

ABG. LUISA OLIVEROS
AP51-J-2012-016372
Lcd/lo/marianna