REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinte (20) de septiembre de dos mil once (2012)
202º y 153º
ASUNTO: AP21-S-2012-001238
Visto el escrito que antecede presentado por los abogados LUIS SÁNCHEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 185.499, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, y por la abogada MARÍA SUBERO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 57.101, en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente, BUMERAN.COM VENEZUELA, S.A., mediante la cual presentan transacción celebrada por las partes, donde esta última ofrece cancelar a la parte oferida la cantidad de Bs. 610.000,00, de la siguiente manera: La cantidad de Bs. 163.973,14, que fueron ya depositados en la presente oferta, de la cual debe deducirse del monto total para arrojar una diferencia de Bs. 413.973,14, cancelando en esta acto la cantidad de Bs. 250.000,00, mediante cheque Nº 14045103, girado contra la cuenta Nº 01340366093661289820, del Banco Banesco, de fecha 17 de septiembre; y el saldo restante de Bs. 196.026,86, será cancelado el día 10 de octubre de 2012; declarando que recibe a su más entera y cabal satisfacción el cheque, cuya copia simple consigna en este acto; asimismo su total y más absoluta conformidad con la presente transacción, manifestando que la compañía nada le queda a deber por los conceptos relacionados con su contrato de trabajo ni por la terminación del mismo, e igualmente reconoce y acepta que el pago que se acuerda en este acto constituye un finiquito total y definitivo entre las partes; en consecuencia vista que la transacción presentada por los apoderados judiciales, quienes se encuentran debidamente facultados, no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, la homologa, dándole efecto de cosa juzgada. Se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas por las partes.

LA JUEZ

LA SECRETARIA
NEREIDA HERNÁNDEZ GONZÁLEZ

MARIANDREA GONZÁLEZ