REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiuno (21) de septiembre de dos mil doce
202º y 153º

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-002336
PARTE ACTORA: FRANCISCA ANTONIA MORAN AGUILERA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: EFRAIN JOSE SANCHEZ BARRIOS, GUMERSINDA PARACO MENDEZ
PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO AUTONOMO SUCRE DEL ESTADO MIRANDA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: CARLA ARANGUREN BOLIVAR
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy Veintiuno 21 de septiembre de dos mil doce, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno a la realización de la Audiencia Preliminar; asimismo se deja constancia la comparecencia de la parte demandada, ALCALDIA DEL MUNICIPIO SUCRE DEL ESTADO MIRANDA; a través de su apoderada judicial ciudadana CARLA ARANGUREN BOLIVAR, inscrita en el inpreaboagdo bajo el Nº 134.853, carácter que consta en instrumento poder que presenta en original y copia para su certificación; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja expresa constancia que se dejará transcurrir el lapso de cinco (5) días a los fines de la interposición de los recursos.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION.
La Juez

Abg. Carolina Chakian Mayarllan

La Secretaria

Abg. Mariandrea González.

El Presente