REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Séptimo (7º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiséis (26) de septiembre de dos mil doce (2012)
201º y 152º
ASUNTO: AP21-S-2011-001478
PARTE OFERENTE: BAYER, S.A.
APODERADO: LUIS EDUARDO LOPEZ DURAN
PARTE OFERIDO: JORGE ARMANDO SANOJA YEPEZ
PODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERIDA: NO CONSTITUYÓ
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
Se observa, que se inicia el presente procedimiento de OFERTA REAL DE PAGO, en fecha 04 de agosto de 2011.

En fecha 04 de agosto de 2011, lo admite cuanto ha lugar en derecho y se ordena la apertura de una cuenta de ahorros a nombre de la parte oferida ciudadano JORGE ARMANDO SANOJA YEPEZ, titular de la cédula identidad Nº. V-14.269.267, por la cantidad de TREINTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO BOLIVARES CON CATORCE CENTIMOS (Bs. 34.524,14), motivo por el cual se ordena oficial a la Oficina de Control de Consignaciones de este Circuito Judicial del Trabajo a los fines de que se sirva realizar los trámites correspondientes para la apertura de dicha cuenta de ahorros. Líbrese oficio.

Por su parte, el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla:
“Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes…”

En tal sentido, en el caso de marras, desde la recepción del presente asunto el día 04 de agosto de 2011, hasta la presente fecha, ha transcurrido más del año según lo establecido en la mencionada norma.
Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de conformidad con lo previsto en el artículo 202 Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio incoado por: BAYER, S.A., a favor del ciudadano JORGE ARMANDO SANOJA YEPEZ.
No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del presente fallo.

PUBLIQUESE y REGISTRESE.

El Juez

Abg. Diego Antonio Araujo Aguilar
La Secretaria
Abg. Lisbeth Montes