REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Vigésimo Sexto (26º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticuatro de septiembre de dos mil doce
202º y 153º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2012-001682
PARTE ACTORA: ZULLYMAR CARUZO RIVAS
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: CARLOS ROSALES y MARTIN ELÍAS RODRÍGUEZ HERRERA
PARTE DEMANDADA: MONTACARGAS BETE C.A. y solidariamente el ciudadano ROMÁN JOSÉ KONAREK SILVA
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA MONTACARGAS BETE C.A.: MARÍA KARINA GARCÍA
MOTIVO: DEMANDA POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES


Hoy, 24 de septiembre de 2012 día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: por la parte Actora ZULLYMAR CARUZO RIVAS, cédula de identidad NºV-6.349.967, sus apoderados judiciales abogados MARTIN ELÍAS RODRÍGUEZ HERRERA y CARLOS JOSÉ ROSALES C., inscritos en el INPREABOGADO bajo el N°121.909 y Nº121.988, respectivamente, acreditación que consta en autos; y por la parte Demandada MONTACARGAS BETE C.A., sus apoderadas judiciales, abogadas MARÍA KARINA GARCÍA y IRAIDA TERESA AGÜERO B., inscritas en el INPREABOGADO bajo el Nº36.969 y Nº47.316, respectivamente, acreditación que consta en autos. Asimismo, las partes han llegado al presente acuerdo: La parte demandada MONTACARGAS BETE C.A., ofrece pagar la cantidad de BOLÍVARES TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO CON CUARENTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs.F.31.988,47), a favor de la ciudadana ZULLYMAR CARUZO RIVAS, cédula de identidad NºV-6.349.967, mediante cheque girado a su nombre, en fecha 24 de septiembre de 2012, contra el Banco Mercantil Nº92186733, por la cantidad de Bs.F.27.660,00. Asimismo, en cuanto a la diferencia, es decir, la cantidad de Bs.F.4.328,47, la parte demandada se compromete a entregarlo a la parte Actora, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), de este Circuito Judicial del Trabajo, a más tardar el viernes 28 de septiembre de 2012, a cuyos efectos ambas partes se comprometen a consignar diligencia dejando constancia del cumplimiento de lo pactado. En este estado la representación judicial de la parte actora acepta la cantidad ofrecida en los términos señalados. En este orden de consideraciones, las partes conjuntamente con la ciudadana Jueza dejan constancia que están de acuerdo en que hubo una relación de trabajo, cuyo cargo fue Secretaria, el motivo de egreso fue Renuncia y el monto ut supra indicado comprende lo siguientes conceptos: salarios caídos, utilidades vencidas, antigüedad e intereses sobre prestaciones sociales, cesta ticket, vacaciones y bono vacacional vencido y fraccionado. Seguidamente, ambas partes solicitan a este Juzgado homologue el presente acuerdo y se acuerden sendas copias certificadas de la presente acta. Este Tribunal en vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, y por cuanto el referido acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 89 numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 19 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, Los Trabajadores y las Trabajadoras. Finalmente, se devuelve a las partes los escritos de promoción de pruebas y anexos aportados por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar y una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión y conste en autos el pago ut supra indicado, se ordenará dar por terminado el presente asunto. Igualmente, de conformidad con el numeral 3º del artículo 21 y 22 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se acuerdan las copias certificadas solicitadas. Es todo terminó, se leyó y conformes firman:

La Jueza

Abog. Mariela de Jesús Morales Soto
El Secretario

Abg. Adriana Bigott


Apoderados Judiciales de la Parte Actora



Apoderadas Judiciales de la parte Demandada