REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 26 de septiembre de 2012
202º y 153º
ASUNTO Nº AF41-U-2002-000087 INTERLOCUTORIA Nº 138.-
ASUNTO ANTIGUO Nº 2023
Vista la diligencia de fecha 21 de septiembre de 2012, suscrita por la ciudadana Gabriela María Salas Brillembourg, titular de la cédula de identidad Nº 14.143.860 e inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nº 124.620, actuando en su carácter de apoderada judicial de la contribuyente “INVERSIONES SELVA, C.A.”, mediante la cual señaló: (Omissis)…”Vista la Boleta de Notificación emanada de este Juzgado de fecha 12 de abril de 2012, notificada a mi representada en fechan 24 de abril de 2012, por medio de la cual se decreta la ejecución voluntaria de la Sentencia 905 dictada por este Juzgado en fecha 26 de enero de 2005, consigno por ante este Juzgado, marcadas como “A”, “B”, “C” y “D”, Las siguientes Planillas de Liquidación para el pago de las multas señaladas en la sentencia anteriormente identificada: (i) Planilla de Pago (liquidación) Forma 916 Nº 0400826273 de fecha 11 de septiembre de 2012, por la cantidad de Treinta y Seis Bolívares (Bs. 36,00); (ii) Planilla de Pago (liquidación) Forma 916 Nº 0400826274 de fecha 11 de septiembre de 2012, por la cantidad de Ciento Noventa y Un Bolívares con Noventa y Siete (Bs. 191,97); (iii) Planilla de Pago (liquidación) Forma 916 Nº 0400826272 de fecha 11 de septiembre de 2012, por la cantidad de Sesenta y Tres Bolívares (Bs. 63,00); y (iv) Planilla de Pago (liquidación) Forma 916 Nº 0400826271 de fecha 11 de septiembre de 2012, por la cantidad de Veintinueve Bolívares con Setenta y Seis Céntimos (Bs. 29,76). De esta manera mi representada procede a la ejecución voluntaria de la Sentencia Nº 905 de fecha 26 de enero de 2005”.
De la revisión de las actas que conforman el presente expediente, este Juzgado Superior observa que efectivamente en fecha 21 de septiembre de 2012, la ciudadana Gabriela María Salas Brillembourg, ya identificada, consignó anexa a la diligencia, Planilla de Pago (liquidación) Forma 916 Nº 0400826273 de fecha 11 de septiembre de 2012, por la cantidad de Bs. 36,00; Planilla de Pago (liquidación) Forma 916 Nº 0400826274 de fecha 11 de septiembre de 2012, por la cantidad de Bs. 191,97; Planilla de Pago (liquidación) Forma 916 Nº 0400826272 de fecha 11 de septiembre de 2012, por la cantidad de Bs. 63,00; y Planilla de Pago (liquidación) Forma 916 Nº 0400826271 de fecha 11 de septiembre de 2012, por la cantidad de Bs. 29,76, que corre inserta en autos a los folios 250 al 261, de la que se evidencia que la contribuyente “INVERSIONES SELVA, C.A.” canceló a favor del ente fiscal acreedor, la obligación tributaria.
En tal virtud, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CUMPLIDA VOLUNTARIAMENTE la Sentencia Definitiva Nº 905, dictada por este Órgano Jurisdiccional en fecha 26 de enero de 2005.
SEGUNDO: SE DECLARA TERMINADA la presente causa, con autoridad de cosa juzgada y en consecuencia se ordena el archivo definitivo del presente expediente.
Publíquese, regístrese y notifíquese a la ciudadana Procuradora General de la República, de conformidad a lo establecido en el artículo 86 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
Se imprimen dos ejemplares a un mismo tenor, el primero a los fines de la publicación de la sentencia, el segundo para que repose en original en el respectivo copiador.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Órgano Jurisdiccional en Caracas, a los veintiséis (26) días del mes de septiembre del año dos mil doce (2012). Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.-
El Juez Provisorio,
Abg. Javier Sánchez Aullón.-
El Secretario Titular,
Abg. Félix José España González.-
ASUNTO Nº AP41-U-2008-000573.-
JSA/ith.-
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