REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 24 de septiembre de 2012
202° y 153°

Revisada como ha sido la solicitud de Medida Cautelar Innominada para la Protección a la Actividad Agraria, presentada por la abogada BARBARA CESAR SIERO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 12.193.415, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 71.093, en su carácter de Defensora Pública del Estado Miranda, Extensión Los Teques y representando en este acto a los ciudadanos ADEL NIEVES, EUGENIO NIEVES y APOLINAR ELADIO GUZMAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nro. V-14.852.289, 11.037.848 y 624.057, domiciliados en un lote de terreno con DOCE HECTAREAS CON SEIS MIL VEINTIOCHO METROS CUADRADOS (12ha 6028 m2), denominado “LOS CINCO HERMANOS”, ubicado en el Sector Puinki, bajando por Cumbre Roja, Los Teques, Municipio Güaicaipuro, , Estado Bolivariano de Miranda, este tribunal ordena darle entrada y hacer las anotaciones en los Libros respectivos.
Respecto a la Medida solicitada, este Tribunal fija la oportunidad para el traslado y constitución de esta instancia judicial en el referido lote de terreno, para el día 18 de octubre de 2012.
LA JUEZ,

Dra. LINDA LUGO MARCANO
LA SECRETARIA,

Abg. DAYANA TAPIA CARABALLO
LLLM/DTC/fernando
EXP: 2012-4240