EXP. 09-2642
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SEXTO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL
En fecha 17 de noviembre de 2009, fue recibido por el Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital (Distribuidor de Turno) expediente contentivo de la solicitud de Calificación de Despido incoada por el Ciudadano JAVIER LEANIVIS, portador de la cédula de identidad Nº 12.162.759, contra el Consejo Nacional Electoral (CNE), proveniente del Juzgado Décimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en cumplimiento a lo ordenado en la sentencia dictada en fecha 30 de octubre de 2009, mediante la cual declinó la competencia en los Juzgados Superiores Contenciosos Administrativos del Área Metropolitana de Caracas.
En fecha 19 de noviembre de 2009, fue asignado por distribución a este Juzgado el mencionado expediente.
Mediante auto de fecha 20 de noviembre de 2009, se ordenó reformular la querella conforme a lo establecido en el artículo 95 de la Ley del Estatuto de la Función Pública.
Este Tribunal observa:
Una vez revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, se constata que no se ha evidenciado actuación procesal alguna por parte del querellante desde el 20 de noviembre de 2009, encuadrándose la situación descrita en el supuesto tipificado en el primer aparte del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, el cual dispone que toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes, por lo que en tal caso debe declararse la perención.
DECISIÓN
En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en la solicitud de Calificación de Despido incoada por el Ciudadano JAVIER LEANIVIS, portador de la cédula de identidad Nº 12.162.759, contra el Consejo Nacional Electoral (CNE), proveniente del Juzgado Décimo Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en cumplimiento a lo ordenado en la sentencia dictada en fecha 30 de octubre de 2009, mediante la cual declinó la competencia en los Juzgados Superiores Contenciosos Administrativos del Área Metropolitana de Caracas.
Publíquese, regístrese y notifíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en Caracas a los veinticuatro (24) días del mes de septiembre del año dos mil doce (2012). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL,
NELLY J. MALDONADO
LA SECRETARIA
CLAUDIA MOTA VIVAS
En el mismo día, siendo las dos y treinta post meridiem (2:30 p.m.), se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA
CLAUDIA MOTA VIVAS
Exp. 09-2642/fba.
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